Icon Créer jeu Créer jeu

TREBEP TITULO III CAP.I ARTICULO 14

Compléter

ARTICULO14

Téléchargez la version papier pour jouer

0 fois fait

Créé par

Spain

Top 10 résultats

Il n'y a toujours pas de résultats pour ce jeu. Soyez le premier à apparaître dans le classement! pour vous identifier.
Créez votre propre jeu gratuite à partir de notre créateur de jeu
Affrontez vos amis pour voir qui obtient le meilleur score dans ce jeu
  1. temps
    but
  1. temps
    but
temps
but
temps
but
game-icon

Completar

TREBEP TITULO III CAP.I ARTICULO 14

ARTICULO14

T M
1

objetivos intimidad asociación capacidad jurídica discriminación derechos retribuciones intimidad igualdad inamovilidad interna empleados progresión Código individual consecución formación deberes efectivo jubilación objetivos desempeño conciliación expresión Derechos

TÍTULO III
Derechos y . de conducta de los empleados públicos
CAPÍTULO I
de los públicos
Artículo 14 . Derechos individuales .
Los empleados públicos tienen los siguientes de carácter en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio :

a ) A la en la condición de funcionario de carrera .

b ) Al de las funciones o tareas propias de su condición profesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional .

c ) A la en la carrera profesional y promoción según principios constitucionales de , mérito y mediante la implantación de sistemas y transparentes de evaluación .

d ) A percibir las y las indemnizaciones por razón del servicio .

e ) A participar en la de los atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar .

f ) A la defensa y protección de la Administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos .

g ) A la continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales , preferentemente en horario laboral .

h ) Al respeto de su , orientación sexual , propia imagen y dignidad en el trabajo , especialmente frente al acoso sexual y por razón de sexo , moral y laboral .

i ) A la no por razón de nacimiento , origen racial o étnico , género , sexo u orientación sexual , religión o convicciones , opinión , discapacidad , edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social .

j ) A la adopción de medidas que favorezcan la de la vida personal , familiar y laboral .

j bis ) A la en el uso de dispositivos digitales puestos a su disposición y frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización , así como a la desconexión digital en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales .

k ) A la libertad de dentro de los límites del ordenamiento jurídico .

l ) A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo .

m ) A las vacaciones , descansos , permisos y licencias .

n ) A la según los términos y condiciones establecidas en las normas aplicables .

o ) A las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes al régimen que les sea de aplicación .

p ) A la libre profesional .

q ) A los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico .