Icon Créer jeu Créer jeu

Igualdad. Título IV. Capítulo III. Los planes de igualdad en las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad

Compléter

Completar artículos

Téléchargez la version pour jouer sur papier

8 fois fait

Créé par

Spain

Top 10 résultats

Il n'y a toujours pas de résultats pour ce jeu. Soyez le premier à apparaître dans le classement! pour vous identifier.
Créez votre propre jeu gratuite à partir de notre créateur de jeu
Affrontez vos amis pour voir qui obtient le meilleur score dans ce jeu

Top Jeux

  1. temps
    but
  1. temps
    but
temps
but
temps
but
 
game-icon

Compléter

Igualdad. Título IV. Capítulo III. Los planes de igualdad en las empresas y otras medidas de promoción de la igualdadVersion en ligne

Completar artículos

par Patrícia Alberola Romà
1

accesorias capítulo respetar consulta sancionador obligadas deberán negociar medidas representantes acordar discriminación empresas legal trabajadores colectivo laboral laboral voluntaria convenio establezca elaboración previa negociación perjuicio cincuenta

Artículo 45 . Elaboración y aplicación de los planes de igualdad .

1 . Las empresas están a la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y , con esta finalidad , deberán adoptar dirigidas a evitar cualquier tipo de laboral entre mujeres y hombres , medidas que deberán , y en su caso , con los legales de los en la forma que se determine en la legislación .

2 . En el caso de las empresas de o más trabajadores , las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior dirigirse a la y aplicación de un plan de igualdad , con el alcance y contenido establecidos en este , que deberá ser asimismo objeto de en la forma que se determine en la legislación laboral .

3 . Sin de lo dispuesto en el apartado anterior , las deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad cuando así se en el que sea aplicable , en los términos previstos en el mismo .

4 . Las empresas también elaborarán y aplicarán un plan de igualdad , negociación o , en su caso , con la representación de los trabajadores y trabajadoras , cuando la autoridad hubiera acordado en un procedimiento la sustitución de las sanciones por la elaboración y aplicación de dicho plan , en los términos que se fijen en el indicado acuerdo .

5 . La elaboración e implantación de planes de igualdad será para las demás empresas , previa consulta a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras .

educaplay suscripción