Relier Pairs Política educativaVersion en ligne Código de la Niñez y Adolescencia y de otros actores que operativizan la política en la primera infancia par Nadia Pazmiño 1 Las políticas de protección especial 2 Ministerios de Educación y de Inclusión Económica y Social 3 UNICEF 4 ChildFund International 5 Formación Familiar 6 Sistema Nacional Descentralizado de Protección integral a la Niñez y Adolescencia 7 Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura 8 Estructura del código: Libro Segundo 9 Código de la Niñez y Adolescencia 10 Convención de los Derechos del niño Es un conjunto articulado y coordinado de organismos, entidades y servicios, públicos y privados, que definen, ejecutan; controlan y evalúan las políticas, planes, programas y acciones, con el propósito de garantizar la protección integral de la niñez y adolescencia. Organización internacional sin fines de lucro dedicada a potencializar a los niños, niñas y jóvenes carentes que son excluidos y vulnerables. Desarrollará una estrategia de comunicación para el desarrollo dirigida a promover prácticas positivas de crianza y cuidado de los niños entre las familias y las comunidades y abogará por una política integral de desarrollo en la primera infancia. Juega un rol de vital importancia porque brinda oportunidades de desarrollo de la primera infancia al país, teniendo en cuenta que pocos niños y niñas pequeños asisten a centros de atención en el Ecuador Ocupan un papel importante en la operativización de la política pública educativa de la primera infancia. Es un organismo internacional de carácter gubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en el contexto del desarrollo integral, la democracia y la integración regional. El Niño, Niña y Adolescente en sus Relaciones de Familia. Preservar y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones de amenaza o violación de sus derechos, tales como: maltrato, abuso y explotación sexual, explotación laboral y económica. Entró en vigor el 2 de septiembre de 1990, fue un acuerdo mundial que tomó en cuenta temas muy sensibles para la niñez como la definición del niño y la importancia de la no discriminación y la aplicación de sus derechos. Se encuentra inspirado en los principios de la doctrina de la protección integral. Por tanto, la Ley tiene dos características: es integral y garantista.