Compléter medidas correctivasVersion en ligne Articulo 175 par Yeimmy Carolina Garcia 1 Policía autoridad llamado reconocimiento con pedagógico de Nacional presente equivocada de persona convivencia para privado efecto conducta correctivas demás perjuicio la ser repetición y procura convivencia deban podrá compromiso Amonestación convivencia concientizar naturaleza Código de Policía Artículo 174 . Es un de atención en o en público el objetivo de a la de la realizada su negativo la , en de un de conducta , el a futuro de no y el respeto a las normas de . PARÁGRAFO . Por su de carácter , esta medida impuesta por la competente para todos los comportamientos contrarios a la contenidos en el Código , sin de las medidas que ser impuestas .