Compléter medidas correctivasVersion en ligne Articulo 175 par Yeimmy Carolina Garcia 1 concientizar repetición convivencia perjuicio equivocada la y llamado Policía de ser autoridad Nacional efecto Amonestación reconocimiento privado para convivencia persona compromiso podrá procura pedagógico presente de con demás conducta naturaleza convivencia correctivas deban Código de Policía Artículo 174 . Es un de atención en o en público el objetivo de a la de la realizada su negativo la , en de un de conducta , el a futuro de no y el respeto a las normas de . PARÁGRAFO . Por su de carácter , esta medida impuesta por la competente para todos los comportamientos contrarios a la contenidos en el Código , sin de las medidas que ser impuestas .