Identidad de género en la educaciónVersion en ligne Reforzamos información en referencia a la Ley de Identidad de Género N° 26.743 par León Moreno 1 Solo las personas adultas pueden cambiar su identidad de género en el sistema educativo. Sí No 2 El rol docente está limitado a enseñar sus contenidos sin tener la obligación de poseer al menos herramientas básicas en perspectiva de diversidad. Sí No 3 Respetar la identidad de género implica reconocer el nombre y pronombres elegidos por cada persona en la escuela. Sí No 4 La diversidad de identidades de género es incompatible con los contenidos del ámbito educativo. Sí No 5 La identidad de género no es relevante para los derechos educativos. Sí No 6 La educación debe asegurar un entorno seguro que proteja a todas las personas independientemente de su identidad de género. Sí No 7 Es importante visibilizar la diversidad de identidades de género en el ámbito educativo. Sí No 8 El marco legal de identidad de género garantiza el acceso a la educación desde el respeto a la identidad de las personas. Sí No 9 Si una persona cambió su identidad de género y no cambió su DNI con su nuevo nombre, en las escuelas deben nombrarla con los datos que figuran en dicho documento. Sí No 10 El trato digno se aplica únicamente a las personas que cambian su identidad. Sí No