BLOQUE II: El centro educativo como comunidad educativaVersion en ligne
Batería de preguntas sobre el bloque II de Procesos y Contextos Educativos.
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El director, jefe de estudios y secretario forman…
2
De fijar los criterios relacionados con la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de alumnado se encarga:
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Padres, alumnos, profesorado, equipo directivo y representante del ayuntamiento forman…
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones se corresponden con las competencias del secretario?
5
¿A qué comunidad autónoma pertenece el Decreto 153/2017, de 26 de septiembre, por el que se regula la selección, nombramiento, evaluación, formación y reconocimiento de los directores y directoras de centros públicos no universitarios?
6
Respecto al nombramiento de los directores de centros:
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El Jefe de Estudios tiene entre sus competencias:
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¿Cuál de estas competencias no se atribuye al director en el artículo 132 de la LOMLOE?
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En las dimensiones del Contexto Interno escolar, NO se incluye:
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¿Cómo se clasifican los Órganos de Gobierno en los Institutos de Educación Secundaria (IES)?
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¿Cuál es una función clave del Proyecto Educativo de Centro (PEC)?
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¿Qué requisito es necesario para ser director/a según la LOMLOE?
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¿Qué órgano tiene la función de aprobar el proyecto de presupuesto del centro?
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¿Cuál de las siguientes no es una competencia del director o directora de un centro educativo?
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La comisión de selección del director o directora en centros públicos debe tener la siguiente composición según la LOMLOE:
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¿Qué órgano de gobierno se encarga de la dirección del centro educativo?
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El Consejo Escolar se compone de:
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La elección del director en colegios concertados dependerá:
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La autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de cada IES se plasmará en la elaboración, aprobación y ejecución de:
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Respecto al claustro de profesores...
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¿Cuál es la labor principal del Jefe de Estudios?
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Los Órganos de Gobierno Colegiados están conformados por:
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¿Qué equipo no forma parte de los Órganos de Coordinación Docentes?
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El contexto externo influye en:
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Señala la afirmación correcta respecto a los órganos de gobierno y participación en los Institutos de Enseñanza Secundaria:
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¿Cuáles son los órgano de gobierno unipersonales?
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Entre las competencias del director del centro está:
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En el contexto externo influyen:
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¿Cuál de las siguientes opciones no es un Órgano de Gobierno Colegiado?
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¿Cuál de las siguientes titulaciones corresponde al alumnado que ha finalizado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO)?
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Según la estructura de la educación secundaria, ¿cuál es uno de los objetivos principales del Bachillerato?
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¿Quién NO forma parte del Consejo Escolar de un Instituto de Educación Secundaria?
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¿Cómo difiere el requisito de formación inicial para los aspirantes a director entre la LOMCE y la LOMLOE?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente una particularidad de la Educación Secundaria?
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¿Qué influye en el contexto interno escolar?
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¿Cuál es una de las competencias del jefe de estudio?
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¿Cuál NO es una competencia del Consejo Escolar?
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¿Cuál es uno de los requisitos para participar en el concurso de méritos para acceder al cargo de director según la LOMLOE?
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¿Quiénes forman parte del departamento de actividades complementarias y extraescolares?
Explicación
El equipo directivo. El consejo escolar está formado por el equipo directivo, PADRES, ALUMNADO, PROFESORADO y un REPRESENTANTE DEL AYUNTAMIENTO. El claustro de profesores está formado por el PROFESORADO.
El claustro de profesores. Su responsabilidad es planificar, coordinar, informar y decidir sobre aspectos curriculares y educativos del instituto. También se encarga de formular propuestas para la elaboración de proyectos y programas, aprobar y evaluar la adaptación y concreción del currículo, y proponer temas de innovación y formación.
El consejo escolar. La comisión de coordinación pedagógica está formada por DIRECTOR, JEFE DE ESTUDIOS y JEFES DE DEPARTAMENTO. El claustro de profesores está formado por el PROFESORADO.
Custodiar la documentación. Elaborar el horario del instituto es competencia del JEFE DE ESTUDIOS. Promover experimentaciones, innovaciones pedagógicas y programas educativos es competencia del DIRECTOR.
Con la LOMLOE el requisito de formación es anterior al nombramiento. En la LOMCE, el requisito de formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva era PREVIO A LA CANDIDATURA (y, por tanto, a la selección y al nombramiento como director). En la LOMLOE, el requisito de formación es POSTERIOR A LA CANDIDATURA Y A LA SELECCIÓN pero ANTERIOR AL NOMBRAMIENTO. Se puede estar exento del requisito de formación si se han realizado cursos de formación de estas características antes de la presentación de su candidatura o acrediten experiencia en el ejercicio de la función directa con evaluación positiva de su trabajo.
Elaborar el horario del Instituto. Custodiar la documentación del régimen administrativo es competencia del SECRETARIO. Aprobar el proyecto de presupuesto del centro es competencia del CONSEJO ESCOLAR.
Está compuesto por profesorado, alumnado, padres, equipo directivo y representante del ayuntamiento. El órgano propio de participación del profesorado es el CLAUSTRO DE PROFESORES. El que coordina y garantiza el cumplimiento de las programaciones didácticas es el JEFE DE ESTUDIOS.
Ejercer la supervisión del personal docente en lo relativo al régimen académica. Esta competencia corresponde al JEFE DE ESTUDIOS.
Las acciones de política educativa. Esta se incluye dentro del contexto EXTERNO. La tercera dimensión del contexto interno escolar es EL PROFESORADO CONSIDERADO INDIVIDUALMENTE.
En Órganos Unipersonales (Director, Jefe de Estudios, Secretario) y Órganos Colegiados (Consejo Escolar, Claustro). Los Órganos de Coordinación Docente son: DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN (psicopedagogos, profesores de ámbito, pedagogos terapéuticos), DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS (idiomas, matemáticas, ciencias, etc.), DEPARTAMENTOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES (jefe de estudios, profesores y alumnos responsables de cada actividad), COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (director, jefe de estudios, jefes de departamento) y EQUIPOS DOCENTES, TUTORÍAS (tutores de grupos, profesores que imparten docencia en el centro).
Definir la identidad, valores y objetivos del centro.
Haber ejercido al menos 5 años como funcionario de carrera en alguna de las enseñanzas que ofrece el centro al que se opta. En la LOMLOE, la formación específica en funciones directivas es requerida para ejercer de director, pero no para presentarse como candidato y pasar el proceso de selección. En la comisión de selección puede haber padres y madres (ya que forman parte del Consejo Escolar) pero no tiene por qué. Esta comisión está compuesta en un tercio por profesores elegidos por el Claustro de profesores, en un tercio por personas elegidas por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores, y también incluye 1 director con experiencia y trayectoria en el ejercicio de la dirección en centros similares. Según la LOMLOE (y la LOMCE), para presentar la candidatura a director, también es un requisito un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.
Fijar los criterios relacionados con la evaluación. De esta competencia se encarga el CLAUSTRO DE PROFESORES.
Al menos un tercio será profesorado elegido por el claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del consejo escolar que no son docentes. También debe incluir un director en activo.
Los órganos unipersonales. El equipo directivo está formado por el DIRECTOR, el JEFE DE ESTUDIOS y el SECRETARIO.
Padres, alumnado, profesorado, equipo directivo y representante del ayuntamiento. Las otras opciones contienen miembros del Consejo Escolar pero están incompletas.
del titular directamente. Previo informe del Consejo Escolar del centro, que será adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros. El procedimiento en centros públicos es diferente, mediante una comisión de selección.
su Proyecto Educativo.
Todas son correctas. Concretamente, sus competencias son: formular propuestas para la elaboración de proyectos y programas, aprobar y evaluar la adaptación y concreción del currículo, proponer temas de innovación y formación, y fijar los criterios relacionados con la orientación, la tutoría, la evaluación, la recuperación de alumnado...
Ejercer, por delegación de la dirección, la supervisión del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. Del régimen administrativo del IES se encarga el SECRETARIO. Formular propuestas para la elaboración de proyectos y programas es competencia del CLAUSTRO DE PROFESORES.
Consejo Escolar y Claustro de Profesorado. Los miembros del Equipo Directivo constituyen los Órganos de Gobierno Unipersonales: director, jefe de estudios y secretario.
El jefe de estudios planifica la evaluación. El JEFE DE ESTUDIOS elabora el horario del centro y celebra reuniones de órganos de coordinación docente.
Director/a, Jefe/a de estudios y Secretario/a. Consejo Escolar y Claustro de profesores son los ÓRGANOS DE GOBIERNO COLEGIADOS.
Diseñar la planificación y organización docente. Elaborar el horario del centro es competencia del JEFE DE ESTUDIOS.
La comunidad escolar y la política educativa. La composición social y cultural del alumnado y el profesorado considerado individualmente, así como las relaciones de colaboración e interdependencia entre el profesorado, son dimensiones del CONTEXTO INTERNO ESCOLAR.
Jefes de estudios. El jefe de estudios es un ÓRGANO DE GOBIERNO UNIPERSONAL.
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El título de Bachiller se concede al finalizar el BACHILLERATO. Los títulos de Técnico o Técnico Superior se conceden al finalizar un CICLO FORMATIVO/FP de GRADO MEDIO o GRADO SUPERIOR, respectivamente.
Preparar a los estudiantes para estudios superiores. Adquirir el dominio de las competencias básicas, además de conocer los principales elementos de la cultura, es el objetivo de la EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA. Formar para el ejercicio de una profesión o empleo es el objetivo de los CICLOS FORMATIVOS (FP de Grado Medio y Superior). Otro objetivo de Bachillerato es la maduración intelectual.
El alcalde del municipio. El Consejo Escolar está compuesto por padres, alumnado, profesorado, equipo directivo y representante del ayuntamiento.
En la LOMCE se exigía el certificado antes de presentar la candidatura, mientras que en la LOMLOE la formación se realiza tras la selección y antes del nombramiento.
Su currículo es fuertemente fragmentado por asignaturas, pero se busca flexibilidad sin conducir a la segregación. La organización de la Educación Secundaria es la MÁS COMPLEJA en la mayoría de países (particularmente el nivel inferior u obligatorio 12-16 años). Ha sido una etapa en la que se han emprendido REFORMAS en la mayoría de países para atender a los nuevos retos. Entre sus dificultades organizativas, está el hecho de situarse en "el medio" de la estructura del sistema educativo. En España, se le llamó en una época "Enseñanzas Medias". Otra complejidad radica en ser una etapa de preparación para los estudios superiores. Cuenta con un amplio número de competencias básicas y un currículo fuertemente fragmento o parcelado por asignaturas. Se procura lograr una mayor flexibilización pero que no conduzca a segregar, y también que los caminos siempre queden abiertos para elegir y cambiar la elección de los itinerarios.
La composición cultural y social del alumnado. La comunidad escolar (familias con su implicación y expectativas, nivel sociocultural) y las acciones de política educativa influyen en el CONTEXTO EXTERNO. Las otras dos dimensiones del contexto interno escolar son EL PROFESORADO CONSIDERADO INDIVIDUALMENTE y LAS RELACIONES DE COLABORACIÓN E INTERDEPENDENCIA ENTRE EL PROFESORADO.
Coordinar y garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas. Custodiar la documentación del centro es competencia del SECRETARIO. Fomentar la cualificación y formación del equipo docente es competencia del DIRECTOR.
Fijar los criterios relacionados con la orientación, tutoría, evaluación, recuperación del alumnado. De esta competencia se encarga el CLAUSTRO DE PROFESORES.
Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo. Debe tenerse una antigüedad de al menos CINCO años como funcionario de carrera en la función pública docente EN ALGUNA DE LAS ENSEÑANZAS DE LAS QUE OFRECE EL CENTRO AL QUE SE OPTA. Aportar el certificado de formación específica para el ejercicio de la dirección antes de la candidatura solo es necesario en la LOMCE, no en la LOMLOE.
Jefatura de estudios, profesores y alumnos responsables de cada actividad. Psicopedagogos y orientadores forman parte del DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN. El director es uno de los miembros de la COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA, junto con el jefe de estudios y los jefes de departamento. Los tutores son miembros de los equipos docentes, tutorías (junto con el resto de profesores que imparten docencia en el centro).
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