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aplica tus conocimientos sobre estos impuestos en esta divertida actividad

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aplica tus conocimientos sobre estos impuestos en esta divertida actividad

par REINIERI Francisco Gabriel
1

El es un régimen para pequeños contribuyentes que busca facilitar el cumplimiento de sus fiscales y de social , y lo realizan mediante un pago .
Fue creado en la República en el año mediante la Ley 24 . 977 sancionada el 3 de junio de ese año .
Características :
1 . Integrado y simplificado : Unifica varios y contribuciones en un solo .
2 . Destinado a : Está diseñado específicamente para personas con actividades de menor escala .
3 . Impuesto de : El monto a pagar mensualmente es preestablecido , facilitando la planificación financiera .
4 . Establecido por categoría en base a : La cuota se determina según la del contribuyente , la cual se basa en ciertos indicadores de su actividad .

2

El Impuesto sobre los es un impuesto anual que se aplica sobre el valor total de los bienes que una persona posee al de diciembre de cada año . Si el valor de estos bienes supera un mínimo , se debe presentar una jurada y pagar el impuesto correspondiente , que se calcula aplicando una sobre el excedente .
Los sujetos alcanzados por este impuesto son :
1 . Personas humanas residentes en el y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo , por los bienes situados en el país y en el .
2 . Personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo , por los bienes situados en el .
3 . Sucesiones indivisas ( herencias no finalizadas ) , dependiendo en qué etapa se encuentren .
El gravamen a ingresar será el que resulte de aplicar , sobre el valor total de los situados en el país y en el exterior sujetos al impuesto ( excepto las acciones y participaciones que deban ser declaradas por las personas jurídicas en carácter de responsables sustitutos ) ,

3

Se considera ingreso al valor o monto total - en valores monetarios , en especie o en servicios - devengado en concepto de de bienes , de remuneraciones totales obtenidas por los servicios , la retribución por la ejercida , los ajustes de estabilidad o corrección monetaria , los obtenidos por préstamos de o plazos de financiación , o en general , el de las operaciones realizadas .
El imponible de este impuesto es el ejercicio habitual y a oneroso en jurisdicción de la Provincia de del del comercio , industria , profesión , oficio , negocio , locaciones de , obras o servicios , o de cualquier otra a título oneroso , cualquiera sea el resultado económico obtenido y la naturaleza del sujeto que la preste incluidas las sociedades cooperativas y el lugar donde se realice .
Se entenderá como ejercicio de la actividad gravada al desarrollo , en el ejercicio fiscal , de hechos , actos u operaciones de la naturaleza de las gravadas por el impuesto , con prescindencia de su o , cuando los mismos sean efectuados por quienes hagan profesión de tales actividades . La habitualidad deberá determinarse teniendo en cuenta especialmente la índole de las actividades , el de la empresa , profesión o locación y los usos y costumbres de la vida .

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