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Permiso de Armas Deportistas

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En este video se explica los pormenores para obtener el permiso de tenencia de armas como deportista. Debemos conocer que a partir del 6 de abril de 2021 fue publicado en registro oficial 425, el Acuerdo Ministerial 096 que deroga al Acuerdo Ministerial 270. Entre los cambios se encuentran: presentación de récord policial y el valor es del 2% del SBU.

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Ecuador

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Permiso de Armas DeportistasVersion en ligne

En este video se explica los pormenores para obtener el permiso de tenencia de armas como deportista. Debemos conocer que a partir del 6 de abril de 2021 fue publicado en registro oficial 425, el Acuerdo Ministerial 096 que deroga al Acuerdo Ministerial 270. Entre los cambios se encuentran: presentación de récord policial y el valor es del 2% del SBU.

par Marco Granja
1

El deporte de tiro tiene dos modalidades, las mismas son:

2

En la clasificación de armas no letales para deportistas constan las siguientes armas:

3

Las armas para uso deportivo están exentas del pago del 300% de IVA e ICE por lo que no podrán ser vendidas ni enajenadas en un lapso de 5 años previa autorización de los entes de control.

4

Al deportista que quiere regular los permisos en los diferentes centros de control de armas del Ecuador se le debe exigir dos documentos:

5

Los requisitos que constan en el Acuerdo Ministerial 270 para tramitar la Autorización de recargadores de uso deportivo (tiro) y armero, por primera vez y renovación son:

6

En la Inspección para el Funcionamiento de los Polígonos de Tiro, ¿Qué es lo más importante?

7

De acuerdo al Acuerdo Ministerial 270, ¿Cuántas armas podía tener un deportista? y ¿Cuántas armas acumuladas puede tener con el Acuerdo Ministerial 096?

Explicación

Hay que tomar en cuenta que en el nuevo Acuerdo Ministerial 096 que reemplaza al 270, según el Art. 72.- Las personas naturales que requieran obtener la autorización para ejercer la actividad de armero, deberán cumplir con los siguientes requisitos: PRIMERA VEZ Y RENOVACIÓN 1. Certificado de instrucción otorgado por la Empresa Santa Bárbara EP. 2. Registro Único de Contribuyentes emitido por el SRI. 3. Pago de impuesto predial, patente municipal o contrato de arrendamiento debidamente notariado; y, para el Distrito Metropolitano de Quito, a más de los documentos anteriores la LUAE. 4. Certificado de no registrar antecedentes penales actualizado a la fecha de la solicitud. 5. Pago por concepto de gastos administrativos 10 % de un salario básico unificado (SBU).

De acuerdo con el Acuerdo Ministerial 096 que derogó al 270. Hoy los Deportistas que acrediten al menos 3 años de ser socios activos de una entidad deportiva debidamente autorizada por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, podrán ser propietarios y obtener el permiso de hasta 05 armas; a partir de los cinco años, para incrementar armas deberá demostrar que ha participado en campeonatos nacionales o internacionales oficiales del ciclo olímpico (ISSF-Federación Deportiva de Tiro Internacional) o del ciclo mundial (IPSC- federación internacional de tiro practico), sudamericano, panamericano o mundiales, de acuerdo al siguiente detalle: hasta 5 años podrán incrementar hasta 03 armas; hasta 10 años podrá incrementar hasta 03 armas; y, a partir de los 15 años de federación podrán incrementar hasta 04 armas, acumulando un total de 15 armas.

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