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JUSTICIA Y EQUIDAD

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Mexico

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JUSTICIA Y EQUIDAD

Completar las frases sobre justicia y equidad.

ABEL JEZEN GOMEZ ARCE
1

normas conducta típicos imprevistos orden corrección ley mejor Aristóteles atípicos reglas universal justo justicia equitativo social

Lo equitativo , si bien es mejor que una cierta clase de justicia , es justo , y no es mejor que lo justo , como si se tratara de otro género . Así , lo y lo equitativo son lo mismo , y aunque ambos son buenos , es mejor lo . Lo que ocasiona la dificultad es que lo equitativo , si bien es justo , no lo es de acuerdo con la , sino como una corrección de la justicia legal .
Cuando la ley presenta un caso universal y sobrevienen circunstancias que quedan fuera de la fórmula , entonces está bien , en la medida en que el legislador omite y yerra al simplificar , el que se corrija esta omisión , pues el mismo legislador habría hecho esta si hubiera estado presente y habría legislado así si lo hubiera conocido . Por eso , lo equitativo es justo y que cierta clase de , no que la justicia absoluta , pero sí mejor que el error que surge de su carácter absoluto . Y tal es la naturaleza de lo equitativo : una corrección de la ley en la medida en que su universalidad la deja incompleta .
Para que haya estabilidad social y política es preciso que todos los miembros de la polis se atengan a un mismo criterio de en cada caso . Pero , en segundo lugar , es una necesidad técnica : aunque las situaciones de la vida de una comunidad que requieren una ordenación de la conducta son variadísimas , el legislador no puede , dado que no es omnisciente , conocerlas todas . Por eso sus toman en cuenta las situaciones conocidas , y de entre estas , las que se dan con mayor frecuencia , es decir , que son típicas .
Nos regimos por leyes generales . La justicia como estado requiere de la existencia de dichas leyes generales , pues un elemento de la idea de justicia es precisamente la existencia de un orden . En principio , cualquier , incluso el orden despótico de un tirano , es más justo que la inexistencia de orden . Claro que un orden cualquiera , por ejemplo , el orden propio de una tiranía opresiva , siendo más justo que la inexistencia de orden , es en realidad un orden injusto . Pero la existencia de un orden integrado por reglas generales es el mínimo insoslayable de un estado social de justicia . Para alcanzar una justicia mayor , además de procurar que las generales formuladas contengan una ordenación justa de las conductas para el caso típico previsto , es necesario también atender a los casos en las reglas generales .
Podría decirse que las leyes generales son equidad promulgada para casos , mientras que el juicio por equidad de los casos es equidad no promulgada , pero que los sistemas jurídicos civilizados amparan de ordinario . En suma , como dice , la equidad no es menos que la justicia , sino que es la justicia misma , operada en casos no previstos por la justicia promulgada ( leyes ) .