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Explicación
Se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206,
217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979,
Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Decreto 93 de 1998, Decreto 2811 de 1974,
Resolución 2346 de 2007, Resolución 2013 de 1986, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de
1994, Ley 962 de 2005, Ley 1010 de 2006, Resolución 734 de 2006, Resolución 1401 de 2007,
Resolución 2646 de 2008, Ley 1562 de 2012, Ley 1566 de 2012, Resolución 1409 de 2012, Resolución 1565 de 2014, Decreto 1072 de 2015, y demás normas que con tal fin se establezcan.
Se compromete a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994 y Decreto 1072 de
2015.
.- Destinar y garantizar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, elaborado de acuerdo al a la ley 1562 de 2012 y Decreto 1072 de 2015, el cual contempla como mínimo las siguientes etapas y aspectos dentro del ciclo de mejoramiento continuo (PHVA):
Riesgo Bilógico
Riesgo Físico
Riesgo Químico
Riesgo Psicosocial
Riesgo Biomecánico
Condiciones de seguridad
Fenómenos Naturales
La Universidad de América, dentro de los Sistemas Integrados de Gestión y dentro de su política integrada, ha definido procesos de mejora continua y socialización permanente mediante inducción, reinducción y capacitación, logrando cultura preventiva y generando conocimiento a los colaboradores y partes interesadas, sobre los peligros y riesgos existentes, las medidas de prevención y seguridad que exige el medio ambiente de laboral y el trabajo específico que realiza el colaborador.
Este reglamento permanecerá exhibido, en un lugar visible de la Universidad de América y sus contenidos se darán a conocer en diferentes procesos de socialización o sensibilización al personal.
El presente reglamento entra en vigencia a partir de su aprobación, publicación y durante el tiempo que la Universidad de América conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, servicios, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.
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