Contenido de la semana 23
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Se concibe como el conjunto de leyes necesarias para la implementación de las políticas de salud, frente a la evolución de las funciones del Estado y a su nueva relación con la sociedad civil
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La base legal para la legislación en Guatemala comienza en la Constitución Política de la República. De ella proceden otras leyes, códigos, reglamentos y decretos, siendo los principales:
•Ley del Organismo Ejecutivo
•Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS)
•Código de Salud
•Ley de la Maternidad Saludable (Decreto 32-2010)
•Ley Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional
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Es la máxima ley en Guatemala y parte de los derechos inalienables de la persona humana y la responsabilidad y deberes del Estado para proteger la vida y el desarrollo integral de la persona en lo individual, familiar y colectivo
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Trata sobre la participación de las comunidades en programas de salud, estableciendo que las comunidades tienen el derecho y el deber de participar activamente en el planificación, ejecución y evaluación de los programas de salud
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Tiende a satisfacer los intereses colectivos a través de la administración pública, así mismo le corresponde coordinar la función política de los otros organismos como los diversos ministerios, publicado bajo el Decreto número 114-97 del Congreso de la República
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En su Artículo 4o del Decreto 90-97 del Congreso de La República, ratifica que la salud, es un derecho y es un producto social resultante de la interacción entre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las poblaciones y la participación social, a nivel individual y colectivo
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Bajo el Decreto 32-2010, esta Ley tiene por objeto la creación de un marco jurídico que permita implementar los mecanismos necesarios para mejorar la salud y calidad de vida de las mujeres y del recién nacido, y promover el desarrollo humano a través de asegurar la maternidad de las mujeres, mediante el acceso universal, oportuno y gratuito a información oportuna, veraz y completa y servicios de calidad antes y durante el embarazo, parto o posparto
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Se entiende como el derecho de la población a tener, en todo momento, acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos, para satisfacer sus necesidades nutricionales, de acuerdo a sus valores culturales y con equidad de género
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Corresponde a las tareas que hacen los equipos de salud. Pueden identificarse prestadores individuales como el médico en su propia consulta, y prestadores institucionales, como los profesionales que laboran en hospitales y clínicas.
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Esta función se refiere al entrenamiento de los recursos humanos, con inducción, capacitación y educación continua. También implica la inversión en tecnología, como en equipos diagnósticos y de tratamiento.
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Esta es la función guardiana del sistema. Corresponde al conjunto de tareas que desarrolla el Estado para hacer que todas las demás funciones se desarrollen de modo armónico, y de esta manera, alcanzar los objetivos de responsabilidad social. Aquí se incluyen las políticas y normas y la supervisión de su cumplimiento.
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Constituye el propósito principal de todo el sistema de salud, a modo de elevar la calidad de vida personal, familiar y comunitaria.
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Puede subdividirse en una variedad de organizaciones de la sociedad civil laicas y asociaciones religiosas, ambas con una importante presencia en zonas rurales, las cuales ofrecen planes de educación, prevención y atención en dispensarios, clínicas, centros de salud y hospitales.
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Fue creado en 1,945 con carácter de estructura de gobierno benefactor y reparador de la salud. Es la principal institución que vela por la salud de la población guatemalteca.
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Será responsable de la prestación de servicios de salud sobre la base de niveles de atención de acuerdo con el grado de complejidad de los servicios y capacidad de resolución de estos.
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Son líneas ministeriales que fundamentan el accionar del Organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para el cumplimiento de Salud para toda la población guatemalteca.
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Realizó las Normas de Atención en Salud Integral que se definen como las directrices técnicas que guían al personal de salud de los servicios, para brindar un abordaje integral, estandarizado y diferenciado a la población según sus diferentes etapas de curso de vida, a través de acciones de promoción, prevención, curación y rehabilitación.
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En las Normas de Atención en Salud Integral se incluyen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) como un llamado mundial a la acción para poner fin a la pobreza, desigualdad, injusticia, y secuelas del cambio climático. Se establecen los objetivos 3 y 6 "salud y bienestar” y “agua limpia y saneamiento"
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Este documento presenta los lineamientos que contribuyen a brindar una atención con calidad, calidez, dignidad y humanismo, como complemento de las Normas de Atención en Salud Integral; con el objetivo de incorporar la Pertinencia Cultural y promover la construcción participativa de un modelo de atención que responda a los cuatro pueblos.
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El objetivo general de las Normas de Atención en Salud Integral es establecer los lineamientos técnicos al personal de salud para la atención integral, integrada, diferenciada, con enfoque de derechos, para las personas, familias y comunidades a través de la red de servicios estatales del MSPAS.
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Los módulos contenidos en las Normas para la atención a las personas son siete, de los cuales seis corresponden a cada una de las etapas del curso de vida y el séptimo, además, identifica los criterios y acciones para atender morbilidades específicas.
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Son los pasos esenciales que se deben brindar durante la provisión del cuidado a la salud de las personas, cuando asisten al servicio de salud y se realiza el abordaje biopsicosocial completo, según la etapa del curso de vida. Su énfasis son las acciones de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación.
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Abarca las medidas que aseguren el bienestar de la población según etapa del curso de vida, y las acciones de protección contra los factores de riesgo que favorecen la aparición de enfermedades
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En esta sección se identifica mediante signos y síntomas, factores de riesgo o diagnósticos de las enfermedades más frecuentes, según etapa del curso de vida. También se establecen las acciones (conducta/tratamiento) que se deben realizar de manera coordinada y participativa para ofrecer el tratamiento adecuado, que contribuya a que la persona restablezca su salud y/o detenga o retrase el progreso de la enfermedad para mejorar su calidad de vida.
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Contribuye a mejorar y mantener la salud de la persona que asiste al servicio de salud, ya que mediante las orientaciones dirigidas al ámbito individual se logra aumentar la capacidad de ejercer control y mejorar su propia salud, a través de un diálogo respetuoso, entre los prestadores de salud y las personas usuarias.
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La finalidad de este módulo es contribuir a disminuir la morbilidad y la mortalidad de la población lactante y a cumplir con la obligación del Estado de Guatemala en consecución al artículo 24 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que dicta "El derecho de la niña y el niño al disfrute del más alto nivel posible de salud".
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Representa una etapa de gran vulnerabilidad, en el cual el organismo es especialmente sensible a factores del entorno y con un comportamiento variable ante los determinantes de la salud, que conlleva a una atención diferenciada en los niveles de atención en salud.
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Se considera adulta a la persona entre 20 y 59 años, pero según la Ley de Juventud, la clasificación de juventud incluye a las personas entre 19 a 29 años
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En este módulo se encuentran las enfermedades o eventos que pueden darse en alguna o todas las etapas del curso de vida, pero que no son específicas de las mismas. Se percibe como una necesidad de atención en salud que incluye acciones de prevención, promoción, tratamiento y rehabilitación del estado de salud.
Explicación
Constitución Política de la República de Guatemala
Ley del Organismo Ejecutivo
Ley de la Maternidad Saludable
Seguridad Alimentaria y Nutricional
Prestación de servicios
Generación de recursos
Mejoramiento global del nivel de salud
El sector privado no lucrativo
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social MSPAS
Departamento de Regulación de los Programas de Atención a las Personas (DRPAP)
Normas con Pertinencia Cultural hacia la Interculturalidad
Apartado 1: Atención integral a las personas
Apartado 2: Acciones preventivas
Apartado 3: Detección y atención oportuna
Apartado 4: Orientación integral a la persona y a la familia
Módulo III: Lactante (de 29 días a menor de 1 año)
Módulo IV: Niñez (de 1 año a menor de 10 años)
Módulo VII: Atención a la demanda (emergencias pre-hospitalarias, discapacidad, salud laboral, medicina tradicional, migrantes, bancos de sangre y género en salud)
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