Obligaciones
del
empleador
.
Todo
que
tenga
trabajadores
que
realicen
tareas
de
trabajo
en
alturas
con
riesgo
de
caídas
como
debe
:
1
.
Realizar
las
médicas
ocupacionales
2
.
Incluir
en
el
Sistema
de
Gestión
de
la
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo
(
SG
-
SST
)
,
el
de
protección
contra
caídas
de
conformidad
con
la
presente
resolución
,
así
como
las
medidas
necesarias
para
la
identificación
,
evaluación
y
de
los
riesgos
asociados
al
trabajo
en
alturas
;
3
.
Cubrir
las
condiciones
de
riesgo
de
caída
en
trabajo
en
alturas
,
mediante
medidas
de
control
contra
caídas
de
personas
y
objetos
,
las
cuales
deben
ser
a
su
prevención
en
,
antes
de
implementar
medidas
de
protección
contra
caídas
.
4
.
Adoptar
medidas
compensatorias
y
eficaces
de
seguridad
,
cuando
la
ejecución
de
un
trabajo
particular
exija
el
temporal
de
cualquier
dispositivo
de
prevención
colectiva
contra
caídas
.
5
.
Garantizar
que
los
sistemas
y
equipos
de
protección
contra
caídas
,
cumplan
con
los
requerimientos
de
esta
resolución
;
6
.
Disponer
de
un
de
trabajo
en
alturas
,
de
trabajadores
autorizados
en
el
nivel
requerido
y
de
ser
necesario
,
un
ayudante
de
seguridad
7
.
Garantizar
que
el
de
equipos
,
la
capacitación
y
el
reentrenamiento
,
incluido
el
tiempo
para
recibir
estos
dos
últimos
,
no
generen
alguno
para
el
trabajador
;
8
.
Garantizar
un
programa
de
a
todo
trabajador
que
se
vaya
a
exponer
al
riesgo
de
trabajo
en
alturas
,
antes
de
iniciar
labores
.
9
.
Garantizar
que
todo
trabajador
autorizado
para
trabajo
en
alturas
reciba
al
menos
un
anual
,
para
reforzar
los
conocimientos
en
protección
contra
caídas
para
trabajo
seguro
en
alturas
.
10
.
Garantizar
la
operatividad
de
un
programa
de
inspección
,
conforme
a
las
disposiciones
de
la
presente
resolución
.
Los
sistemas
de
protección
contra
caídas
deben
ser
inspeccionados
por
lo
menos
una
vez
al
,
por
intermedio
de
una
persona
o
equipo
de
personas
avaladas
por
el
y
/
o
calificadas
según
corresponda
.
11
.
Asegurar
que
cuando
se
desarrollen
trabajos
con
riesgo
de
caídas
de
alturas
,
exista
permanente
de
una
persona
que
esté
en
capacidad
de
activar
el
plan
de
emergencias
en
el
caso
que
sea
necesario
;
12
.
Solicitar
las
pruebas
que
garanticen
el
buen
funcionamiento
del
sistema
de
protección
contra
caídas
y
/
o
los
que
lo
avalen
.
13
.
Asegurar
la
de
los
componentes
del
sistema
de
protección
contra
caídas
;
14
.
Incluir
dentro
de
su
Plan
de
Emergencias
un
procedimiento
para
la
atención
y
en
alturas
con
recursos
y
personal
entrenado
,
y
,
15
.
Garantizar
que
los
menores
de
edad
y
las
mujeres
en
cualquier
tiempo
de
gestación
no
realicen
trabajo
en
alturas
.
16
.
Es
obligación
del
empleador
los
gastos
y
costos
de
la
capacitación
certificada
de
trabajo
seguro
en
alturas
o
la
certificación
en
dicha
competencia
laboral
en
las
que
se
deba
incurrir
.