1
Prerrogativa de los parlamentarios que consiste en que no pueden ser objeto de acciones judiciales por opiniones o votos emitidos en el ejercicio de su función parlamentaria.
2
Carta o Código fundamental de un Estado. En ella se contienen los principios esenciales de organización del Estado, se establecen los poderes públicos, sus titulares, sus competencias, funciones y relaciones entre ellos y los derechos y las garantías fundamentales de los integrantes del Estado.
3
Derecho o bien que no se puede enajenar o transferir a otros.
4
Designación o nombramiento legal del titular de un órgano o autoridad que ejerce una función pública.
5
Gobierno ejercido por un reducido grupo de personas que pertenecen a un estrato o clase social.
6
Acto por el cual se deja sin efecto una norma jurídica.
7
Conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etc.
8
Cualquier carga impositiva que se establece a los ciudadanos dentro del Estado, con objeto de recaudar recursos que permitan al Estado hacer frente a su funcionamiento y actividades. Una modalidad son los impuestos.
9
Facultad de concurrir a la formación de la voluntad colectiva mediante la participación en la elección de la titularidad de un órgano público (elecciones) o en la aceptación de una propuesta dada (referéndum).
10
Amenaza del empleo legítimo de la fuerza que llevan incorporadas las normas de derecho, de modo que su cumplimiento pueda exigirse a todas las personas y se garantice su eficacia.
11
Acción penal que se hace efectiva ante un juez o tribunal competente para que se investigue la comisión de un hecho punible, la determinación de sus responsables y su participación y la aplicacion de la sanción que trae aparejada.
12
Iniciativa legal que presentan los parlamentarios para su discusión y aprobación por parte de la Cámara.
13
Numero exigido para que un órgano deliberante tome ciertos acuerdos, puede ser de concurrencia mínima de individuos a la sesión o votos requeridos para la aprobación del acuerdo.