Ley de Servicios Sociales.Version en ligne Servicio Social de Atención Social Básica y Servicio Social de Atención Especializada. Funciones. par María Ángeles Galindo Barrena 1 SSASB. FUNCIONES: 2 SSAE. FUNCIONES: Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos sociales sobre las prestaciones de SSSS. Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre factores de riesgo que generan las necesidades sociales. Detectar, valorar, diagnosticar situaciones de necesidad personal y/o familiar y elaborar el plan de atención social. Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que les sean propias. Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones personales de aquellas personas usuarias de los SSSS, cuya actividad o conducta represente graves riesgos, previsibles o inminentes, para su integridad física o de las otras personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su capacidad. Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del SPSS les atribuye, así como colaborar con los SSAE. Desarrollar un conjunto de actuaciones orientadas al desarrollo socio-comunitario. Desarrollar actuaciones de sensibilización social, fomentar la participación social, promocionar el voluntariado y fomentar el trabajo en red. Colaborar con las unidades y órganos de la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las funciones de autorización, acreditación e inspección en materia de SSSS. Coordinar y complementar las intervenciones con las prestaciones que ofrece el sistema público, así como los que ofrecen otros sistemas de protección social, en especial, el sistema sanitario, promoviendo y desarrollando la coordinación sociosanitaria. Participar en los órganos que, en materia de SSSS, así como en otras materias como la salud, la educación, la vivienda y el empleo. Planificar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones. Informar, orientar, asesorar y apoyar en la intervención especializada. Prestar apoyo técnico a los SSASB. Coordinar y complementar las intervenciones que se desarrollen con otros sistemas públicos de protección social, especialmente en el ámbito sociosanitario. Acometer actuaciones preventivas actuando sobre factores que provocan situaciones de necesidad o exclusión social del sector de población al que se dirige su atención. Detectar, valorar, diagnosticar situaciones de necesidad personal y/o familiar, así como elaborar el programa de atención especializada al efecto, realizando su ejecución y seguimiento en coordinación, si procede, con los SSASB. Articular indicadores de evaluación de la calidad de las prestaciones sociales y colaborar en la evaluación del SPSS. Desarrollar actuaciones para la promoción de la autonomía personal. Promover actuaciones de sensibilización social y fomento de la participación comunitaria Promoción del voluntariado y trabajo en red.