El Gobierno Nacional
determinó la organización y funcionamiento del Sistema General de Riesgos
Profesionales, el cual está integrado así:
1.El
Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Ministerio De Salud (Hoy
Fusionados Como Ministerio De Protección Social)
2. El
Consejo Nacional De Riesgos Profesionales
Organismo de dirección
del Sistema conformado por miembros del ministerio, Entidades ARP,
Trabajadores, Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud ocupacional.
3. El
Comité Nacional De Salud Ocupacional
Órgano consultivo del
Sistema conformado por miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las ARP
4.El
Fondo De Riesgos Profesionales
Tiene por objeto
desarrollar estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la
prevención de Riesgos Profesionales
5. Las
Juntas De Calificación De Invalidez
Son organismos de
carácter privado creados por la ley. Sus integrantes son designados por el
Ministerio de Protección Social.
6.La
Superintendencia Bancaria
Controlan, autorizan,
vigilan y garantizan el ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P
7. Las
Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales A.R.P
Compañías Aseguradoras
de Vida a las cuales se les ha
autorizado por parte de la Superintendecia Bancaria para la
explotación del ramo de los seguros. Deben cumplir las siguientes funciones: