Relier Pairs CÓDIGO URBANO DE COSTA RICAVersion en ligne Relacione los terminos de la columna izquierda con los conceptos o definiciones de la columna derecha. par Luis Alberto Gamboa Venegas 1 Calzada 2 Fraccionamiento 3 Vivienda multifamiliar 4 Paramento 5 Acera 6 Línea de Construcción 7 Piezas habitables 8 Tabique 9 Piezas no habitables 10 Derecho de vía 11 Servidumbre 12 Antejardín 13 Alamedas 14 Camellón 15 Zonificación La que demarca el límite de edificación permitido dentro de la propiedad. El ancho total de la carretera, calle, sendero, servidumbre, esto es, la distancia entre líneas de propiedad incluyendo en su caso calzada, fajas verdes y aceras. Cualquiera de las caras de un muro. Es la división de cualquier predio con el fin de vender, traspasar, negociar, repartir, explotar o utilizar en forma separada, las parcelas. Zona central, en avenidas con vías múltiples, que divide el tránsito vehicular. Generalmente es con cordón, como una acera. Puede ser peatonal con piso duro, o con vegetación. Los locales que se destinan a salas, despachos, estudios, comedores y dormitorios. Es la edificación concebida como unidad arquitectónica con áreas habitacionales independientes, apta para dar albergue a tres o más familias. Restricción al dominio de un predio, que se establece en beneficio público o de otra finca. Elemento vertical, delgado, no resistente, que sirve como división interior o cierre exterior de los recintos de un edificio. Vías de tránsito peatonal exclusivamente. Distancia entre las líneas de propiedad y de construcción. Parte de la Vía pública, normalmente ubicada en sus orillas, que se reserva para el tránsito de peatones. Es la división de una circunscripción territorial en zonas de uso, para efecto de su desarrollo racional. Las destinadas a cocinas, cuartos de baño, lavanderías, bodegas garajes y pasillos. Es la franja comprendida entre cordones, cunetas o zanjas de drenaje, destinada al tránsito de vehículos.