T18dp en la que los errores no penalizan
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Según la Instrucción 11/2017 se establecen los criterios para la puesta en funcionamiento de la Oficina de Gestión Penitenciaria, unificando:
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2.- Al frente de la Oficina de Gestión Penitenciaria organizando y dirigiendo de los servicios adscritos a dicha oficina estará:
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Las funciones de asignación y reparto de tareas y supervisión de las mismas dentro de la Oficina de Gestión Penitenciaria corresponden a:
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4.- Los expedientes personales de los internos se llevara :
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¿En qué artículo del Reglamento Penitenciario de 1981, declarado vigente en virtud de la Disposición Transitoria 3ª del vigente Reglamento, se regulan las funciones de la Oficina de Régimen (actualmente denominada de Gestión)?
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6.- Los documentos que compongan el expediente personal del interno:
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7.- Todas las anotaciones que se realicen en los expedientes de los internos:
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8.- Los protocolos de los internos se abrirán:
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9.- De acuerdo a lo expuesto en el art 337de1 RP de 1981, los protocolos de los internos constarán de tres partes que se diligenciarán respectivamente en las fases de:
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10.- Señale quién cuidará de la exactitud de todos los datos penale , procesales y penitenciarios integrantes de los informes y propuestas de los Equipos Técnicos
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11,- No se trata de un Libro Oficial o Documentos a llevar en la Oficina de Gestión:
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12.- La estadística general clasificada que se confecciona en la Oficina de Gestión hace referencia a los internos existentes:
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13.- En referencia al archivo de documentos, no se contempla en relación a la Oficina de Gestión:
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14.- Todas las comunicaciones de la Oficina Gestión llevarán:
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15.-En la Oficina de Gestión se llevará el archivo de documentos de todas las oficinas del Establecimiento excepto los de:
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16.-Señale, de acuerdo con el art 336.7 del RP de1981,cuál de los siguientes no es de los extremos que reglamentariamente se establecen como preceptiva su anotación en las agendas a llevar en la Oficina de Gestión:
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En la estadística de los permisos de los internos, señale cuál de los siguientes datos es necesario que figure en la misma, de acuedó a lo dispuesto en el art 336. 5.3 del RP de 1981:
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18.- La estadística general clasificada de los internos existentes a las 24 horas del día último de cada mes, deberá ir acompañada de:
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19.- Según el artículo 336 del Reglamento Penitenciario de 1981, cuando una persona ingresa de nuevo en un establecimiento penitenciario, se procederá del modo siguiente:
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20.- De la Oficina del Equipo Técnico (actualmente unificada con la Oficina de Régimen en la llamada Oficina de Gestión), trata el Reglamento Penitenciario aprobado por R.D. 1201/1981, de 8 de Mayo, en:
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21.-. Una de las siguientes estadísticas no está expresamente recogida como de necesaria elaboración por parte del Servicio de Estadística de la Oficina de Régimen (entiéndase de Gestión) en el apartado 5° del articulo 336 del Reglamento Penitenciario de 1981, salvo que fuera expresamente solicitada por el Centro Directivo:
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22.- La formación del expediente de libertad condicional de un interno, se llevará:
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23.- El fichero general y los parciales de población interna que sean precisos para la buena marcha de los servicios, se llevarán en:
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24: Señale qué parte delas que citan a continuación no forma parte de una sentencia:
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25.- En la Hoja de Filiación que encabeza el expediente del interno no corresponde cumplimentar:
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26.- Señale cómo se denomina la tercera parte del protocolo del interno que se lleva en la Oficina de
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27.- Señale cuál de las siguientes afirmaciones relativas a la Oficina de Gestión no es correcta:
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28.- ¿Por cuál de los siguientes motivos un interno no causaría baja en un Establecimiento?
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29.- ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incierta?
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30.- La hoja de filiación del expedición de un interno se cumplimentará:
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31.- La libertad excarcelada de un interno quedará reflejada en el expediente personal del mismo, en:
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32.- En cuál de los siguientes supuestos no procederá su anotación en el índice de vicisitudes penitenciarias del expediente personal de un interno:
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33.- Si un individuo ingresara de nuevo en el mismo Establecimiento del que fue excarcelado:
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34.-La estadística semanal de la población reclusa a fecha del día anterior a las 24:00 h se remitirá al Centro Directivo por la Oficina de Gestión:
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Señale la afirmación correcta en relación con el fichero general de internos que debe llevarse en la Oficina de Gestión Penitenciaria:
Explicación
Instrucción 11/2017
La presente Instrucción pretende instaurar un modelo de gestión unificada, aunando las tareas, de las denominadas hasta ahora oficinas de régimen y de tratamiento, con el objetivo de conseguir el conocimiento y la gestión integral del expediente y protocolo de cada interno, por el funcionario encargado del mismo.
Instrucción 11/2017
ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA
1. Profesionales que la integran.
Al frente de esta oficina de gestión penitenciaria estará el
Subdirector de Régimen, a quien corresponde la organización y dirección de los servicios adscritos a dicha oficina.
Instrucción 11/2017
ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA
1. Profesionales que la integran.
Al frente de esta oficina de gestión penitenciaria estará el Subdirector de Régimen, a quien corresponde la organización y dirección de los servicios adscritos a dicha oficina.
Al menos, un Jefe de Oficina, con funciones de asignación y reparto
de tareas y supervisión de las mismas, así como todas aquéllas que le sean encomendadas por el Subdirector.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
3.o Los expedientes personales de los internos,
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen...
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
1.o El libro de ingresos y filiaciones, ajustado al modelo oficial.
2.o El fichero general y los parciales de población interna que sean precisos para la buena marcha de los servicios. En ellos constarán extractados los datos personales, procesales, penales y penitenciarios, así como los convenientes para la fácil localización del expediente.
3.o Los expedientes personales de los internos, que contendrán la portada, con los datos de identificación y filiación, y las hojas de vicisitudes, con breves extractos referidos a los cambios de situaciones y todas las demás circunstancias a que se refieran los documentos que habrán de ser unidos y numerados sucesivamente.
Toda anotación irá autorizada con la firma del funcionario de la oficina, la del Jurista-Criminólogo, cuando corresponda, la del Subdirector y el visto bueno del Director.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
3.o Los expedientes personales de los internos, que contendrán la portada, con los datos de identificación y filiación, y las hojas de vicisitudes, con breves extractos referidos a los cambios de situaciones y todas las demás circunstancias a que se refieran los documentos que habrán de ser unidos y numerados sucesivamente.
Toda anotación irá autorizada con la firma del funcionario de la oficina, la del Jurista-Criminólogo, cuando corresponda, la del Subdirector y el visto bueno del Director
Artículo 337 RP 1981
En las Oficinas de los Equipos de Observación y Tratamiento se formalizarán:
2.o Los protocolos de los internos, que se abrirán con los datos de filiación de los mismos y constarán de 3 partes, que se diligenciarán, respectivamente, en las fases de detención, cumplimiento y reinserción social:
Artículo 337 RP 1981
En las Oficinas de los Equipos de Observación y Tratamiento se formalizarán:
1.o El fichero de cuantos internos ingresen en el establecimiento con
los datos de filiación y los que hagan referencia a la clasificación inicial en el mismo y modificaciones posteriores.
2.o Los protocolos de los internos, que se abrirán con los datos de filiación de los mismos y constarán de 3 partes, que se diligenciarán, respectivamente, en las fases de detención, cumplimiento y
reinserción social:
Artículo 337 RP 1981
En las Oficinas de los Equipos de Observación y Tratamiento se formalizarán:
3.o Los informes y propuestas de los Equipos de Observación y Tratamiento irán firmados por todos los miembros integrantes de los mismos cuyas aportaciones profesionales específicas se redactarán o presentarán de modo que se puedan individualizar y distinguir, salvo
en las conclusiones finales que deberán ser comunes a todos ellos, menos en los casos en que se mantenga algún voto distinto a lo acordado por la mayoría. En dichos informes y propuestas el Jurista-Criminólogo cuidará de la exactitud de todos los datos
penales, procesales y penitenciarios integrantes de los mismos,
así como de las partes de condena cumplidas que tengan efectos
legales.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
1.o El libro de ingresos y filiaciones, ajustado al modelo oficial.
4.o La formación de los expedientes de libertad condicional
6.o El archivo de documentos,
rtículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
5.o El Servicio de Estadística, que confeccionará las siguientes:
1) La Estadística general clasificada de los internos existentes a las 24 horas del día último de cada mes, que se remitirá al Centro directivo
del día 1 del siguiente.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
6.o El archivo de documentos, para lo cual recabará mensualmente de las otras oficinas los que al mismo hayan de ser destinados, excepto
los de Dirección. Se formarán legajos anuales con las separaciones convenientes según los asuntos.
Los expedientes de baja se irán agrupando ordenadamente por
estantes y legajos, disponiéndose de fichas alfabéticas y libro de archivo, con las indicaciones precisas para su pronta localización.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
Todas las comunicaciones de la Oficina de Régimen llevarán la
rúbrica del Subdirector y la firma del Director, y las
certificaciones, la firma del Subdirector como responsable del
servicio y el visto bueno del Director.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
6.o El archivo de documentos, para lo cual recabará mensualmente de las otras oficinas los que al mismo hayan de ser destinados, excepto los de Dirección. Se formarán legajos anuales con las separaciones convenientes según los asuntos.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
7.o Las agendas para anotación de fechas de licenciamientos definitivos; cumplimientos de la primera, tercera y cuarta parte de la totalidad de las condenas; revisiones de clasificación, y cualquier otro dato que pueda ser exigible con arreglo a las normas de este Reglamento.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
5.o El Servicio de Estadística, que confeccionará las siguientes:
3) La Estadística de los permisos concedidos en el mes con expresa indicación de los beneficiarios.
rtículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
5.o El Servicio de Estadística, que confeccionará las siguientes:
1) La Estadística general clasificada de los internos existentes a las 24 horas del día último de cada mes, que se remitirá al Centro directivo del día 1 del siguiente. Deberá ir acompañada de:
a) Movimiento de la población reclusa por edades y situaciones,
con expresión de altas y bajas habidas en el mes.
b) Relación nominal de los internos por los tipos de delitos que
en cada caso solicite el Centro directivo.
c) Movimiento de altas y bajas de libertades condicionales.
Artículo 336 RP 1981
En la Oficina de Régimen se llevará:
Si un individuo ingresara de nuevo no se le abrirá otro
expediente, sino que ha de continuarse el que tuviere,
formalizándose con claridad las diligencias y documentos correspondientes a cada ingreso.
Artículo 336.RP 1981
En la Oficina de Régimen (ahora Oficina de Gestión
Penitenciaria) se llevará:
5. El servicio de estadística, que confeccionara las siguientes:
1) La estadística general clasificadas de los internos existentes a
las veinticuatro horas del día último de cada mes, que
se remitirá al Centro Directivo el día 1 del siguiente. Deberá ir acompañada de:
a) Movimiento de la población reclusa por edades y situaciones, con expresión de las altas y bajas habidas en el mes.
b) Relación nominal de los internos por los tipos de delitos que en cada caso solicite el Centro Directivo.
c) Movimiento de altas y bajas de libertades condicionales
2) Las hojas de condena de todos los penados cuando se reciba el testimonio de sentencia y liquidación de condena
3) La estadística de permisos concedidos en el mes con expresa indicación de los beneficiarios
Artículo 336. RP 1981
En la Oficina de Régimen (ahora Oficina de Gestión
Penitenciaria) se llevará:
4. La formación de los expedientes de libertad condicional, que contendrán cada uno de ellos:
a) Testimonio literal de la sentencia o sentencias recaídas y la correspondiente liquidación de condena e informe del tribunal sentenciador sobre la oportunidad del beneficio.
b) Certificación acreditativa de los beneficios penitenciarios.
c) Justificantes relativos al empleo o medio de vida de que disponga el interesado y a que este se somete a la vigilancia tutelar del personal de
la comisión de asistencia social
d) Informe del organismo correspondiente de la comisión de asistencia social sobre el certificado de trabajo y la aceptación de la tutela y vigilancia del interno
e) Certificación del acta de nacimiento, pedida oficialmente, si el
penado fuera propuesto por su condición septuagenario, así como el informe facultativo del médico del establecimiento sobre sus
condiciones físicas, y, en el caso de que fuera propuesto por enfermedad grave o irreversible, justificante de la persona o institución benéfica que
se hará cargo del mismo al ser liberado
f)Informe pronostico final del equipo de tratamiento, en el que se manifestaran los resultados conseguidos por el tratamiento y un juicio
de probabilidad sobre el comportamiento futuro del sujeto en
libertad
g) Certificación literal del acta en que se recoja al acuerdo de la Junta de Régimen y Administración sobre la incoación del expediente a que se refiere el artículo 61 de este reglamento
Artículo 336. RP 1981
En la Oficina de Régimen (ahora Oficina de Gestión
Penitenciaria) se llevará:
1. El libro de ingresos y filiaciones, ajustado al modelo oficial.
2. El fichero general y los parciales de población interna que sean
precisos para la buena marcha de los servicios. En ellos costaran extractados los datos personales, procesales, penales y penitenciarios,
así como los convenientes para la fácil localización del expediente
La filiación de partes no es una parte de la sentencia
El tiempo transcurrido en prisión preventiva no se anota en la hoja de filiación
Artículo 337 RP 1981
En las Oficinas de los Equipos de Observación y Tratamiento se formalizarán:
1.o El fichero de cuantos internos ingresen en el establecimiento con
los datos de filiación y los que hagan referencia a la clasificación inicial en el mismo y modificaciones posteriores.
2.o Los protocolos de los internos, que se abrirán con los datos de
filiación de los mismos y constarán de 3 partes, que se
diligenciarán, respectivamente, en las fases de detención,
cumplimiento y reinserción social:
Art 336 y 337 R.P. 1881
Si a un interno se le concede la libertad definitiva, los funcionarios de la oficina de Gestión deben revisar si existe
alguna otra causa pendiente de cumplimiento. Si es asi, quedará retenido en el Centro.
Las hojas de vicisitudes serán de color amarillo, rosa y azul en todos los Centros Penitenciarios.
"Se cumplimentan tantas hojas de filiación como ingresos se produzcan procedentes de libertad"
"La libertad excarcelada se constatará en las hojas de los tres índices de vicisitudes"
Esta vicisitud se anota en la Hoja de Vicisitudes Penadas
Art 336.3 R.P 1981
3.o Los expedientes personales de los internos, que contendrán la portada, con los datos de identificación y filiación, y las hojas de vicisitudes, con breves extractos referidos a los cambios de situaciones y todas las demás circunstancias a que se refieran los documentos que habrán de ser unidos y numerados sucesivamente.
Toda anotación irá autorizada con la firma del funcionario de la oficina, la del Jurista-Criminólogo, cuando corresponda, la del Subdirector y el visto bueno del Director.
Si un individuo ingresara de nuevo no se le abrirá otro expediente,
sino que ha de continuarse el que tuviere, formalizándose con
claridad las diligencias y documentos correspondientes a cada
ingreso.
" Todos los jueves de cada mes se remitirá al C.D. estadística semanal de la población reclusa a fecha del día anterior a las 24,00 horas"
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