Relier Pairs CULTURA TRIBUTARIA - 1 BGU "G"Version en ligne RELACIONE LAS COLUMNAS par Dayanara Narváez 1 GENERALIDAD 2 SIMPLICIDAD ADMINISTRATIVA 3 EQUIDAD 4 GASTO PÚBLICO 5 IRRECTROACTIVIDAD 6 IMPUESTO 7 SRI 8 ARTÍCULO 300 9 EFICIENCIA 10 CULTURA TRIBUTARIA Artículo de la Constitución de República del Ecuador que establece el pago de impuestos Pagos obligatorios que se realizan al Estado para ejercecer actividades económicas lícitas. Única Institución autorizada para el cobro de impuestos en el Ecuador Conjunto y serie de valores sobre el pago oportuno de los impuestos El SRI debe implementar impuestos claros y objetivos, que no distorsionen la economía. Ningún impuesto puede afectar a transacciones efectuadas con anterioridad a la fecha de su emisión Las autoridades fiscales deben procurar procesos ágiles y alejados de toda burocracia. NECESIDADES DE CARACTER PÚBLICO PARA LA SOCIEDAD Los impuestos son generales, por lo que se deben aplicar a todos los miembros de la sociedad ecuatoriana Se refiere a qué impuestos se calculan y pagan con relación a la capacidad económica de los contribuyentes.