Relier Pairs CULTURA TRIBUTARIA - 1 BGU "D"Version en ligne RELACIONE LAS COLUMNAS par Dayanara Narváez 1 IMPUESTO 2 CULTURA TRIBUTARIA 3 GASTO PÚBLICO 4 ARTÍCULO 300 5 SIMPLICIDAD ADMINISTRATIVA 6 GENERALIDAD 7 EFICIENCIA 8 SRI 9 EQUIDAD 10 IRRECTROACTIVIDAD Los impuestos son generales, por lo que se deben aplicar a todos los miembros de la sociedad ecuatoriana Artículo de la Constitución de República del Ecuador que establece el pago de impuestos Las autoridades fiscales deben procurar procesos ágiles y alejados de toda burocracia. Única Institución autorizada para el cobro de impuestos en el Ecuador Se refiere a qué impuestos se calculan y pagan con relación a la capacidad económica de los contribuyentes. El SRI debe implementar impuestos claros y objetivos, que no distorsionen la economía. Pagos obligatorios que se realizan al Estado para ejercecer actividades económicas lícitas. NECESIDADES DE CARACTER PÚBLICO PARA LA SOCIEDAD Ningún impuesto puede afectar a transacciones efectuadas con anterioridad a la fecha de su emisión Conjunto y serie de valores sobre el pago oportuno de los impuestos