CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
1
Son medidas de aseguramiento:
2
procederá la detención preventiva en establecimiento carcelario, en los siguientes casos:
3
el indiciado, imputado o acusado no podrá ser privado de su libertad ni restringido en ella
4
La libertad personal podrá ser afectada dentro de la actuación cuando
5
REQUISITOS. El juez de control de garantías, a petición del Fiscal General de la Nación o de su delegado, decretará la medida de aseguramiento cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenidos legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga, siempre y cuando se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
6
Al capturado se le informará de manera inmediata lo siguiente:
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