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Jouer Relier
1. LA CONSTITUCIÓN
2. TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
3. LEYES ORGÁNICAS
4. LEYES ORDINARIAS
5. NORMAS REGIONALES Y ORDENANZAS DISTRITALES
6. DECRETOS
7. REGLAMENTOS
8. ORDENANZAS
9. RESOLUCIONES

Se construyen teniendo como base las normas que rigen el comercio internacional.

También llamada carta magna

La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado.

Tienen jerarquía mayor que los decretos y reglamentos que pueden ser dictados por el Presidente de la República.

es una norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo.

es un mandato, decisión o determinación del presidente de la República.

Ejemplo: los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.

Es un acuerdo escrito entre siertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por el.

Es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamento, y que se caracteriza por estar subordinada a la Ley.

Para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo mayoria absoluta o cualificada.

Ejemplo: Acuerdo Ministerial Nro. 0021 Salarios del sector Público 2012

Es la norma suprema, escrita o no de un Estado de derecho soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo

Colección ordenada de reglas o preceptos, que por autoridad del Presidente de la república se da para la ejecución de una Ley.

Su aprobación corresponde al Congreso o Parlamento, normalamente, por mayoría simple.

Es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias.

Ejemplo: decreto ejecutivo Nro. 1241. Se expide el reglamento general de la Ley orgánica de educación Intercultural.

Es una decisión o medida revisada por el poder Legislativo y promulgada por el Poder Ejecutivo.

Ejemplo: Ordenanza de Gestión Integral de residuos Sólidos en el Distrito Metropolitano de Quito

Ejemplo: normas sanitarias.

Ejemplo: Ley de régimen tributario.

Ejemplo: Transporte terrestre, tránsito y seguridad vial.