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Jouer Relier
1. Principios de aplicación de los derechos
2. Movilidad humana
3. Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
4. Derechos de participación
5. Derechos de libertad
6. Derechos de la naturaleza
7. Derecho de protección
8. Responsabilidades

Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales

Las personas com unidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.

Precautelará sus derechos cuando por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.

Elegir y ser elegidos

No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.

Mantener desarrollar y fortalecer libremente su Identidad, sentido de pertenencia, tradiciones artesanales y formas de organización social.

Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitara la reunificación familiar y estimulara el retorno voluntario

Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizando el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.

Fiscalizar los actos del poder público

La prohibición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.

Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permita el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de aprobación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.

El Estado aplicara medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.

Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legitimas de autoridad competente

El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte.

Ana Killa, ama llulla, ama shwa. No ser ocioso, No mentir, no robar.

Todas las personas tienen derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedara en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.