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Jouer Relier Colonnes
  • PRIMA DE SERVICIOS

    MANO DE OBRA

    MANO DE OBRA DIRECTA

    JORNADA LEGAL

    JORNADA NOCTURNA

    SEGURIDAD SOCIAL

    SALARIO

    TRABAJO SUPLEMENTARIO

    COSTO

    PRESTACIONES SOCIALES

    RECARGO NOCTURNO

    JORNADA DIURNA

    MANO DE OBRA INDIRECTA

    VACACIONES

    Corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo, según el artículo 306 del código sustantivo del trabajo.

    En Colombia es de 8 horas diarias y 48 horas a la semana, salvo las excepciones previstas en la ley.

    Desembolso de tipo económico que se ejecuta para promover la producción de un bien, servicio u oferta.

    Estas son beneficios que las personas obtienen al emplearse y que mediante la legislación colombiana, el empleador debe asumirlos con pagos o aportes en dinero, además del salario ordinario y acordado.

    Esta directamente relacionada con la transformación de la materia prima en la fabricación de un producto o la prestación de un servicio.

    Salud, Pensión, Riesgos Profesionales y arl.

    Valor que se paga al trabajador que desarrolla su jornada ordinaria en la noche, que en Colombia es entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana del día siguiente.

    Es el que se realiza desde las diez (10:00) PM hasta las seis (6:00) AM.

    El trabajador tiene derecho a 15 días hábiles continuos por cada año de trabajo, o proporcionalmente cuando se lleve menos de un año de trabajo y el contrato de trabajo se termina.

    Constituye no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.

    Es el que se realiza desde las seis (6:00) AM hasta las diez (10:00) PM.

    Los salarios pagados a los empleados dentro de la organización que no están directamente involucrados en la fabricación de mercancías.

    Es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.

    Todo esfuerzo, bien sea físico o mental, que sea llevado a cabo por los trabajadores con el objetivo de construir, reparar o realizar el mantenimiento de un bien.