JUSTICIA INDÍGENA
Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con
los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
Créé par
Jimena Armas
Ecuador
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