Incumplir las normas, requisitos, procedimientos, compromisos y condiciones establecidas para las prestaciones.
Incumplir el plan de atención social y/o programa de atención especializada de los servicios sociales,
Falsear la información establecida en la normativa reguladora o solicitada por la Administración de la Comunidad Autónoma.
Incumplir, en más de 2 veces, el deber de remisión de la información establecida en la normativa reguladora o solicitada por la Admón. de la CAE.
Destinar prestaciones de servicios sociales que les hayan sido concedidas a una finalidad distinta de aquélla que motivó su concesión.
Incumplir con graves consecuencias para la continuidad de la prestación, las normas, requisitos, procedimientos, compromisos y condiciones establecidas en las prestaciones.
La reincidencia en la comisión de infracciones graves.
Incumplir lo establecido en el plan de atención social y/o programa de atención especializada de los SSSS.
Incumplir el deber de remisión de la información establecida en la normativa reguladora o solicitada por la Junta de Extremadura.
Obstaculizar o dificultar en cualquier forma la actividad inspectora, así como no prestar la colaboración necesaria en el ejercicio de la misma.
Realizar actuaciones fraudulentas dirigidas a obtener prestaciones económicas.
La reincidencia en la comisión de la infracción leve.
La falta de colaboración o trato inadecuado contra los profesionales del SPSS.