Artículo 18. Flexibilidad de horarios. Las administraciones públicas incentivarán a las empresas que faciliten la inclusión, en los convenios colectivos de empresa y de ámbito superior
Artículo 15. Medidas de fomento del empleo. 1. El Consell de la Generalitat, incorporará a los Planes de Empleo Valenciano medidas específicas de igualdad para favorecer el acceso de las mujeres a su primer trabajo, facilitará el acceso a un empleo a mujeres
Artículo 14. Igualdad y mujeres con discapacidad. La Generalitat garantizará que las medidas de apoyo a la inserción laboral contemplen especialmente
Artículo 13. Acceso al empleo en condiciones de igualdad. En relación con el trabajo,
Artículo 19. Permisos parentales. Con el fin de fomentar el permiso parental compartido,
Artículo 15. Medidas de fomento del empleo. 2. Se establecerán y activarán programas integrales de formación profesional, de fomento de empleo y
Artículo 17. Conciliación de vida familiar y laboral. La administración autonómica ampliará la red pública de escuelas infantiles y guarderías laborales en las empresas, o prestaciones económicas equivalentes,
en los períodos extraescolares, con el fin de hacer compatible el trabajo con la maternidad y la paternidad a aquellas trabajadoras y trabajadores con descendencia de menos de tres años de edad y en período de vacaciones a los mayores de tres años.
la administración autonómica pondrá en marcha campañas de sensibilización y tomará medidas que incentiven a las empresas y al personal a su servicio.
a las mujeres discapacitadas, sobre todo en aquellos aspectos que puedan redundar en el mejor mantenimiento de su estado de salud o evitación de empeoramiento del mismo, así como en la conciliación familiar y crianza de las hijas y los hijos.
conciliación de vida familiar y laboral, para la incorporación de las mujeres a puestos de trabajo, profesionales y sectores de la economía valenciana en los que estén infrarrepresentadas. Estos programas serán específicos y prioritarios para aquellas mujeres con riesgo de exclusión social.
mayores de 45 años que no hayan desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar, y facilitará el retorno al mercado de trabajo a aquellas mujeres que lo abandonaron para cuidar a su descendencia, personas mayores y otras personas dependientes a su cargo.
de acuerdos sobre la flexibilidad de horarios en función de las necesidades familiares del personal a su servicio.
la presente ley amparará todas las medidas adecuadas para el cumplimiento de la igualdad en el acceso al empleo.