Prima, cesantías, intereses sobre cesantías y dotaciones.
Aportes a salud, aportes a pensión, fondo de solidaridad pensional, cuotas sindicales, aportes a cooperativas, entre otras.
Tendrán derecho aquellas personas que devenguen un sueldo de hasta dos salarios mínimos o inferior a este.
Es toda aquella retribución que recibe el trabajador del empleador como parte de su remuneración, conformado por alimentación, vivienda o vestuario.
Primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria.
Es la remuneración la cual no se paga en función de un periodo de tiempo, sino en función de lo que el trabajador hace.
Es aquel que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural.
Sobresueldos, bonificaciones habituales, trabajo suplementario o horas extras, trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje por ventas o comisiones
No se puede retener o deducir sin mandamiento judicial, aunque exista orden escrita del trabajador.
Es aquel que se compone de un factor salarial y uno prestacional correspondiente al 30%.
Remuneración o pago que recibe el trabajador en el contrato de trabajo como contraprestación por sus servicios.
Dotaciones
Constituye salario
Salario mínimo legal o convencional o la parte del salario declarada inembargable por la ley.
Prestaciones sociales
Salario integral
Salario en especie
No constituye salario
Conceptos que se deducen
Salario variable
Salario
Salario mínimo