Facultad que tiene el ser humano de asumir, mantener o cambiar un determinado pensamiento, opinión o creencia ideológica.
establece que todas las personas tienen derecho a gozar de una libertad de conciencia y de religión.
En este artículo tambien se distingue entre la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de creencias y la libertad de manifestar la propia religión o las creencias propias.
Libertad de culto de expresar libremente una religión.
Artículo que protege las creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia.