CIP
FCA
DDP
La obligación de entrega de la mercancía, por parte del exportador, termina con la entrega al transportista y NO con la llegada de la mercancía al lugar de destino
FOB
Entrega en las propias instalaciones del vendedor
El vendedor carga la mercancía al transporte principal pero no se hace cargo de los costos
El exportador tendrá que satisfacer los costes de descarga de la mercancía en el lugar de destino si así lo recoge el contrato de transporte que ha formalizado; a menos que exportador e importador hayan acordado otra cosa
Es la única regla que exige al exportador la descarga de la mercancía en el lugar convenido.
CIF
Se utiliza únicamente para transporte marítimo
DAP
CFR
Suministrar información, por cuenta y riesgo del importador, para que éste pueda contratar el seguro
El riesgo, asumido por el importador, de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte estará cubierto por el seguro que ha de contratar el exportador.
EXW