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Coordinar los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos

Garantizar derechos en el ámbito laboral y funcionarial

Garantizar el principio de transversalidad de las medidas,

Consagrar derechos de las mujeres víctimas de violencia de género,

Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana de prevención,

Fomentar la especialización de los colectivos profesionales

Fortalecer el marco penal y procesal vigente

Reforzar hasta la consecución de los mínimos exigidos por los objetivos de la ley

Promover la colaboración y participación

Establecer un sistema integral de tutela institucional en el que la Administración General del Estado, a través de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, en colaboración con el Observatorio Estatal de la Violencia sobre la Mujer,

Garantizar derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género,

con el fin de facilitar su integración social.

que intervienen en el proceso de información, atención y protección a las víctimas.

para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género y, en su caso, la sanción adecuada a los culpables de los mismos.

os servicios sociales de información, de atención, de emergencia, de apoyo y de recuperación integral, así como establecer un sistema para la más eficaz coordinación de los servicios ya existentes a nivel municipal y autonómico.

de manera que en su aplicación se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de género.

para asegurar una protección integral, desde las instancias jurisdiccionales, a las víctimas de violencia de género.

exigibles ante las Administraciones Públicas, y así asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios establecidos al efecto.

dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático.

de las entidades, asociaciones y organizaciones que desde la sociedad civil actúan contra la violencia de género.

impulse la creación de políticas públicas dirigidas a ofrecer tutela a las víctimas de la violencia contemplada en la presente Ley.

que concilien los requerimientos de la relación laboral y de empleo público con las circunstancias de aquellas trabajadoras o funcionarias que sufran violencia de género.