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Jouer Relier Colonnes

2008 - Rafael Correa

1843 Carta de la Esclavitud - Juan José Flores

1861 - Gabriel García Moreno

1869 Carta Negra - Gabriel García Moreno

1830 - Juan José Flores

Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento: Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización.

Artículo 10.- Para ser ciudadano se requiere: 1. Ser católico; 2. Saber leer y escribir; 3. Ser casado o mayor de veintiún años.

Artículo 9.- Son ciudadanos del Ecuador, los ecuatorianos que reúnan las calidades siguientes: 1.- Ser casados, o mayores de diez y ocho años. 2.- Tener una propiedad raíz, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como doméstico, o jornalero: 3.- Saber leer y escribir.

Artículo 12.- Para entrar en el goce de los derechos de ciudadanía, se requiere: 1. Ser casado, o mayor de veintidós años; 2. Tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos. 3. Saber leer y escribir.

Artículo 8.- Para ser ciudadano se requiere ser casado o mayor de veintiún años y saber leer y escribir.