2008 - Rafael Correa
1843 Carta de la Esclavitud - Juan José Flores
1861 - Gabriel García Moreno
1869 Carta Negra - Gabriel García Moreno
1830 - Juan José Flores
Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento: Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización.
Artículo 10.- Para ser ciudadano se requiere: 1. Ser católico; 2. Saber leer y escribir; 3. Ser casado o mayor de veintiún años.
Artículo 9.- Son ciudadanos del Ecuador, los ecuatorianos que reúnan las calidades siguientes: 1.- Ser casados, o mayores de diez y ocho años. 2.- Tener una propiedad raíz, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como doméstico, o jornalero: 3.- Saber leer y escribir.
Artículo 12.- Para entrar en el goce de los derechos de ciudadanía, se requiere: 1. Ser casado, o mayor de veintidós años; 2. Tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos. 3. Saber leer y escribir.
Artículo 8.- Para ser ciudadano se requiere ser casado o mayor de veintiún años y saber leer y escribir.