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Economía procesal

Concentración

Eficacia procesal

Imparcialidad del juzgador

Congruencia

Contradicción

Impulso procesal

Probidad

Igualdad procesal

La sentencia debe ser congruente no sólo consigo misma, sino también con la litis, y como quedó formulada por medio de los escritos de demanda y contestación y que no debe ser contradictoria en sí misma

El proceso no debe producirse con perjuicio de quien se ve en la necesidad de promoverlo para ejercitar sus derechos o de acudir a él para la defensa de los mismos

Carácter dialéctico del proceso, el tribunal debe dar a las partes oportunidad de ser oídas en defensa de sus derechos y que no se viola cuando ella no aprovechas esa oportunidad

El juez no puede favorecer o inclinarse por alguna de las partes

Las partes deben tener el mismo trato en el proceso, las mismas oportunidades para hacer valer sus derechos y ejercitar sus defensas

Se desarrolla a instancia de parte del particular mismo

El proceso es una institución de buena fe, no ha de ser utilizado por las partes con fines de mala fe o fraudulentos de modo que el juez está obligado a dictar las medidas necesarias para evitar que los litigantes conviertan al proceso en un instrumento contrario al funcionamiento de la justicia

El proceso ha de desarrollarse en el menor tiempo, ahorrando energía y costo, de acuerdo a las circunstancias de cada caso

Deben reunirse o concentrarse las cuestiones litigiosas para ser resueltas todas ellas o el mayor número posible de ellas en la sentencia definitiva