Economía procesal
Concentración
Eficacia procesal
Imparcialidad del juzgador
Congruencia
Contradicción
Impulso procesal
Probidad
Igualdad procesal
La sentencia debe ser congruente no sólo consigo misma, sino también con la litis, y como quedó formulada por medio de los escritos de demanda y contestación y que no debe ser contradictoria en sí misma
El proceso no debe producirse con perjuicio de quien se ve en la necesidad de promoverlo para ejercitar sus derechos o de acudir a él para la defensa de los mismos
Carácter dialéctico del proceso, el tribunal debe dar a las partes oportunidad de ser oídas en defensa de sus derechos y que no se viola cuando ella no aprovechas esa oportunidad
El juez no puede favorecer o inclinarse por alguna de las partes
Las partes deben tener el mismo trato en el proceso, las mismas oportunidades para hacer valer sus derechos y ejercitar sus defensas
Se desarrolla a instancia de parte del particular mismo
El proceso es una institución de buena fe, no ha de ser utilizado por las partes con fines de mala fe o fraudulentos de modo que el juez está obligado a dictar las medidas necesarias para evitar que los litigantes conviertan al proceso en un instrumento contrario al funcionamiento de la justicia
El proceso ha de desarrollarse en el menor tiempo, ahorrando energía y costo, de acuerdo a las circunstancias de cada caso
Deben reunirse o concentrarse las cuestiones litigiosas para ser resueltas todas ellas o el mayor número posible de ellas en la sentencia definitiva