El
____________________
temporal
de
____________________
para
su
lavado
o
____________________
,
así
como
de
otros
efectos
para
su
reparación
,
podrá
efectuarse
previa
autorización
de
la
____________________
____________________
,
cuando
el
____________________
o
agente
naviero
general
o
agente
naviero
consignatario
de
buques
de
la
embarcación
presente
ante
la
aduana
correspondiente
una
promoción
en
la
que
se
señale
el
motivo
del
____________________
,
la
relación
de
las
Mercancías
que
van
a
ser
____________________
,
el
plazo
y
el
lugar
donde
se
localizarán
éstas
.
Las
____________________
al
reembarcarse
,
deberán
ser
presentadas
para
su
____________________
ante
la
____________________
____________________
,
exhibiendo
la
promoción
que
se
haya
presentado
al
momento
del
desembarque
.
Las
contribuciones
y
,
en
su
caso
,
las
____________________
____________________
,
deberán
ser
pagadas
por
los
____________________
,
los
propietarios
de
la
embarcación
o
los
consignatarios
,
cuando
las
Mercancías
a
que
se
refiere
este
artículo
no
sean
____________________
dentro
del
plazo
señalado
en
la
promoción
correspondiente
,
de
conformidad
con
los
artículos
____________________
,
segundo
párrafo
y
____________________
,
fracción
III
de
la
Ley
.