se dice de la mora del deudor que se produce sin necesidad de interpelación por parte del acreedor.
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B
se dice que el deudor tiene esta clase de fe cuando ha incumplido por su deuda por culpa.
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C
criterio de imputación de responsabilidad del deudor que consiste en la omisión de la diligencia exigible en el cumplimiento de su obligación (art. 1104 CC).
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D
se dice del incumplimiento que impide la satisfacción del interés del acreedor.
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E
se dice del término de la obligación que, si se incumple, da lugar a un incumplimiento definitivo de la misma.
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F
se dice del caso que exonera al deudor de la responsabilidad de indemnizar los daños causados por el incumplimiento de la obligación (art. 1105 CC).
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G
incremento patrimonial dejado de obtener por el acreedor y que es indemnizable como lucro cesante.
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I
ya sea legal o convencional, es una forma de indemnizar cuando se incumple una obligación pecuniaria (art. 1108 CC).
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L
la acción de resolución de una RJO sinalagmática por incumplimiento tiene esta clase de eficacia.
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M
en el caso del deudor, es un tipo de incumplimiento que consiste en un retraso culpable en el cumplimiento de la obligación, que puede ser satisfecha tardíamente.
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O
Su incumplimiento produce responsabilidad patrimonial para el deudor.
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P
se dice que la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados por el incumplimiento de la obligación tiene este carácter.
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R
la tiene el deudor como consecuencia del incumplimiento de su obligación.
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S
se dice de la imposibilidad de cumplir la obligación de dar o hacer, lo que genera un incumplimiento definitivo.
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V
lo está la obligación cuando se ha cumplido el plazo o la condición previstos, de manera que se puede reclamar su cumplimiento.