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Jouer Relier
1. Artículo 14
2. Artículo 14 bis
3. Artículo 16
4. Artículo 19
5. Artículo 18
6. Artículo 22

Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo

El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados

derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino

retribución justa

La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas

derecho de navegar

Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes.

organización sindical libre y democrática

derecho de navegar y comerciar

estabilidad del empleado público

derecho de peticionar a las autoridades

todos los habitantes son admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad

Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

jornada limitada

protección contra el despido arbitrario

Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas

Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios

El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución.

descanso y vacaciones pagados

derecho de trabajar y ejercer toda industria lícita

Todos sus habitantes son iguales ante la ley

Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.

Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso