Créer jeu
Jouer Relier Colonnes

Jornada Ordinaria Diaria

Tienen la capacidad para contratar

Contrato individual de trabajo

Es el tiempo en que el trabajador está a disposición del empleador sin realizar labor por causa que no le sean imputables

Contrato a plazo fijo

El empleador tiene la facultad de extender la jornada ordinaria de los trabajadores del.........................., sin el acuerdo de éstos, hasta 2 horas diarias en los períodos inmediatamente anteriores a Fiestas Patrias, Navidad y otras festividades (9 días antes del feriado respectivo), se pagarán como horas de trabajo extraordinarias.

ART10 Código del Trabajo de Chile

La jornada ordinaria diaria o parcial, en ningún caso podrá extenderse a más de 10 horas diarias.

Es aquel que señala una fecha determinada de duración que, por regla general, no puede exceder a un año. En algunos casos puede extenderse el contrato hasta dos años tratándose de gerentes o personas que tengan título profesional o técnico otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste.

Art. 13 del Código del Trabajo de Chile

Persona que realiza un trabajo a cambio de un salario.

Es el cuerpo normativo que regula la relación laboral en Chile. Es una ley especial, orgánica, que reglamenta –se supone de modo ordenado y coherente- lo esencial de un área de relaciones sociales, en este caso, del trabajo (venta de la fuerza de trabajo), subordinado y dependiente a un patrón, también llamado “por cuenta ajena”. Regula relaciones sociales de esencial importancia; no olvidemos que la fuerza de trabajo es, probablemente, el bien más valioso de un ser humano; debe interesar cómo el Estado reglamenta su compraventa; compromete parte substancial de nuestra propia vida.

Jornada pasiva

Estipulaciones que debe contener todo tipo de contrato de trabajo.

Jornada ordinaria

Convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, este último a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.