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ORGANISMOS DE CONTROL

RAMA LEGISLATIVA

LA RAMA EJECUTIVA:

RAMA JUDICIAL

Se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para hacer uso de ellos. Está encabezada por el presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un gabinete ministerial. Además, es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares El vicepresidente se elige por voto popular directo. Los ministros y los directores administrativos son cargos de libre nombramiento y remoción por parte del presidente.

Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley. Es la encargada de administrar justicia en nuestro país en los sectores público y privado. La rama judicial vigila r el cumplimiento de la ley y castiga a sus infractores. Según la Constitución, el poder judicial está conformado por la Fiscalía General de la Nación y por otros cuatro organismos, conocidos en conjunto como las Altas Cortes: la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.

Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado (Senado y Cámara de Representantes). Entre sus funciones más importantes están: promulgar y modificar las leyes, reformar la Constitución, ejercer control político sobre las acciones del Gobierno y elegir a altos funcionarios pertenecientes a la rama judicial, los organismos de control y la Organización Electoral. Una ley es una orientación o reglamento dictada por una autoridad que ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia que nos dicta derechos y deberes a los cuales debemos someternos todos los habitantes del país, para vivir en armonía y paz. Las leyes se pueden cambiar, modificar o crear. Porque si las leyes son la expresión de la voluntad de los hombres.

Son entidades del Estado, ajenas a las tres ramas del poder colombiano. La Constitución de 1991 dotó de importancia a estos órganos, confiriéndoles autonomía e independencia frente a las tres ramas del poder público. Están compuestos por la Contraloría General de la República y el Ministerio Público, conformado a su vez por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo. La Contraloría vigila la gestión de los recursos de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación. La Procuraduría formula las políticas generales en materia de control disciplinario de los funcionarios y demás personas que prestan servicios al Estado. La Defensoría del Pueblo ejerce funciones bajo la dirección del Procurador General de la Nación. Su función es velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.