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1 3- Se refiere a que la vivienda no debe considerarse sólo como un objeto de cobijo aislado, sino que, esta vivienda debe estar provista de infraestructura, servicios y equipamientos apropiados para el desarrollo de la vida
2 4- Se refiere al desarrollo de diseños que respondan a pautas culturales e identitarias de las personas y los pueblos. Diseños que permitan el desenvolvimiento de sus tradiciones culturales, lengua, religión, organización social y productiva. Un tipo de diseño que le permita el desarrollo del ser y el habitar según su particular cultura
3 5- Condiciones que garanticen a sus ocupantes protección jurídica contra el desalojo forzoso, el hostigamiento y otras amenazas. Se refiere, también, a que “les” destinatarios de la vivienda conozcan y sepan cómo utilizar instrumentos jurídicos y/o acuerdos sociales respecto a la tenencia, avalados por el estado, para tener condiciones y aptitudes para enfrentar las presiones del mercado (formal e informal) sobre el bien inmueble y así, poder desarrollar con paz, tranquilidad y previsibilidad el habitar.
4 2- Se refiere a que la inversión económica para acceder y/o financiar la vivienda sea factible de alcanzar sin comprometer la calidad de vida de las personas en otros aspectos esenciales como la alimentación, educación, salud, esparcimiento, etc. Internacionalmente, se suele acordar en que no debería pasar el 25 de los ingresos
5 1- Se refiere al cumplimiento de características técnicas básicas para generar un espacio habitable que tenga condiciones adecuadas para la necesidad de cobijo para el desarrollo de la vida, lo que se denomina en arquitectura la calidad de la vivienda, que generalmente está regulada por normativas. En particular, ofrecer espacio adecuado considerando la superficie y tipo de núcleo conviviente particular y protegerlos del frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad, ya que una vivienda inadecuada se asocia invariablemente a tasas de mortalidad más elevadas.
6 6- Se refiere al acceso no discriminatorio y en igualdad de condiciones a una vivienda de distintos sectores. En lo referente al diseño y materialidad de la vivienda debe considerar las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos y marginados, particularmente de personas con discapacidad
7 8- Se refiere a la ubicación de la vivienda dentro del espacio territorial, el cual se relaciona con otras escalas (entorno en donde se inserta, barrio, sector urbano, urbano, metrópoli, rural, etc.).
8 7- Instrumentos jurídicos (internacionales y Nacionales) acordados por los Estados y surgidos de procesos de incidencia de los sectores populares que padecen situaciones exclusión y marginación que pueden hacer peligrar su vida y/o la posibilidad de habitar (económicos, sociales, culturales, habitacionales), y tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar social. Habitualmente, exigen la actuación del Estado
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