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Es la unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio, que durante más de tres años de manera pública y constante hacen o hicieron vida en común como si estuvieren casados.

Por unirse los concubinos en matrimonio entre ellos mismos o con persona distinta.

Es una institución social y permanente, por la cual se establece la unión jurídica de un solo hombre y una sola mujer, que con igualdad de derechos y obligaciones.

I.- Sociedad conyugal; y II.- Separación de bienes

Cuando el hombre institucionalizo la figura jurídica del Matrimonio, creo al mismo tiempo las prácticas religiosas y las costumbres legales pertinentes, una de ellas por su trascendencia social fue la de los esponsales.

La edad mínima para contraer matrimonio será de dieciocho años cumplidos.

Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán un escrito al Oficial del Registro del Estado Familiar.

El matrimonio supone la fidelidad recíproca, la vida y asistencia comunes y la relación sexual a menos que exista causa justificada que impida la realización de esta última.

El parentesco por consanguinidad sin limitación de grado en la línea recta ascendente o descendente.

Proviene de la voz latina spondeo, que significa promesa, según las cuales se prometida a una mujer para un enlace próximo (hoy en día prometida).