TIEMPO COTIZADO PARA PODER SOLICITAR UN CRÉDITO DE VIVIENDA
se pagara por parcialidades quincenales iguales , en un plazo no mayor de 48 quincenas en el caso de los ordinarios y los especiales, y de 72 quincenas en el caso de los bienes de consumo duradero.
Se integra por; la cartera institucional más el remanente de disponibilidad y los intereses.
Para un préstamo personal se necesita estar incorporado al régimen de seguridad social un termino de
está encargado de otorgar créditos para vivienda a los trabajadores al servicio del Estado.