El sistema general de seguridad social en salud brindara atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, calidad, oportunidad , y eficiencia de de conformidad en lo previsto en el articulo 162 respecto del POS
ARTICULO 148. Garantía de pensión para los deportistas.
El estado a través de sus autoridades y con la participación de la comunidad y organizaciones gubernamentales, prestaran servicios sociales para la tercera edad.
ARTICULO 179. Parámetros sobre la prevención en salud.
ARTICULO 154. Artículos 48, 49, 334, 365, 370 de la constitución política.
Este plan permitirá la protección integral de las familias en la maternidad y enfermedad general en las fases de promoción y fomento de la salud , la prevención, diagnostico tratamiento, y rehabilitación.
Los deportistas destacados y de bajos recursos, el gobierno garantizara las pensiones de estos mediante mediante un decreto. Los deportistas que obtengan medallas en los juegos olímpicos de verano, del comité olímpico internacional y en los campamentos mundiales, tendrán derecho a una pensión que no podrá ser mayo a 3 SMLV.
ARTICULO 162.Proteccion integral de las familias en la maternidad y enfermedad.
Establece parámetros sobre la prevención en salud, de las empresas promotoras de salud.
Logra la aplicación progresiva de la cobertura en seguridad social en salud, permitiendo progresivamente el acceso a los servicios de educación, formación, y fomento de la salud y protección y recuperación dela salud, a los habitantes del país ° Sistema integral de seguridad social. ° Entidades promotoras de salud.
ARTICULO 153. Parágrafo 3. Protección Integral.
ARTICULO 262.Servicios complementarios para la comunidad