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Jouer Test
1. 
Según lo previsto en la Ley 1098 de 2006, la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, se materializa:
A.
A. En el conjunto de políticas, planes, programas que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.
B.
B. En el conjunto de acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.
C.
C. En el conjunto de instituciones encargadas de la retribución de dineros y recursos humanos.
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
2. 
Según lo previsto en la Ley 1098 de 2006, el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto a través de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de informar, oficiar o conducir ante la policía, las defensorías de familia, las comisarías de familia o en su defecto, los inspectores de policía o las personerías municipales o distritales, a todos los niños, las niñas o los adolescentes que se encuentren en condiciones de riesgo o vulnerabilidad; cuando esto ocurra, la autoridad competente deberá asegurarse de que:
A.
A. El Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios sociales.
B.
B. El Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios de vivienda gratuita.
C.
C. El Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su adopción con adoptantes extranjeros.
D.
D. El Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice la vinculación laboral al cumplir la mayoría de edad.
3. 
Según lo previsto en la Ley 1098 de 2006, son entidades distritales o municipales o intermunicipales de carácter administrativo e interdisciplinario, que forman parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.
A.
A. Las comisarías de familia
B.
B. Las delegaciones de familia
C.
C. Los tribunales de familia
D.
D. Las defensorías de familia
4. 
Según lo previsto en la Ley 1098 de 2006, si un niño o niña o un adolescente menor de catorce (14) años es sorprendido en flagrancia por una autoridad de policía, esta lo pondrá inmediatamente o a más tardar en el término de la distancia a disposición de:
A.
a) Las autoridades incompetentes de protección y restablecimiento de derechos.
B.
b) Las autoridades militares del lugar.
C.
c) Las autoridades competentes de protección y restablecimiento de derechos.
D.
d) Las respuestas B y C son correctas.
5. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, la privación de la libertad de adolescentes, en los casos que proceda, se cumplirá:
A.
a. En establecimientos de atención especializada en programas del INPEC siempre separados de los adultos.
B.
b. En establecimientos de atención especializada en programas del Sistema Nacional de Bienestar Familiar siempre separados de los adultos.
C.
c. En establecimientos de atención especializada en programas del Sistema Nacional de Bienestar Familiar siempre compañía de adultos.
D.
d. En establecimientos de atención especializada en programas del Sistema Nacional de Bienestar Familiar cuando sea posible separados de los adultos.
6. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, son Autoridades y Entidades que forman parte del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, entre otras, las siguientes:
A.
A. Las comisarías de Familia
B.
B La Policía Nacional con su personal especializado
C.
C. Las defensorías de familia del INPEC
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
7. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, estas instituciones, bajo la supervisión de la entidad rectora del Sistema Nacional de Bienestar Familiar diseñarán y ejecutarán programas de atención especializada para los niños, las niñas y los adolescentes víctimas de delitos, que respondan a la protección integral, al tipo de delito, a su interés superior v a la prevalencia de sus derechos:
A.
a) El Gobierno distrital.
B.
b) El Gobierno municipal
C.
c) El Gobierno sectorial
D.
d) Las respuestas A y B son correctas.
8. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, las políticas públicas de infancia y adolescencia se ejecutan a través de:
A.
A. La evaluación de planes, programas, proyectos, y estrategias.
B.
B. El seguimiento de planes, programas, proyectos, y estrategias.
C.
C. El seguimiento de los encargados de desarrollar las estrategias
D.
D. Las respuestas A y B son correctas.
9. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, las políticas públicas de infancia, adolescencia y familia como políticas de Estado se regirán entre otros, por los siguientes principios:
A.
A. El interés superior del niño, niña o adolescente.
B.
B. La prevalencia de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.
C.
C. La protección integral.
D.
D. Todas las anteriores
10. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, las políticas públicas de infancia, adolescencia y familia como políticas de Estado se regirán entre otros, por los siguientes principios:
A.
A. La prioridad en la inversión social dirigida a la niñez y la adolescencia.
B.
B. La financiación, gestión y eficiencia del gasto y la inversión pública.
C.
C. La perspectiva de género.
D.
D. Todas las anteriores
11. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, es el responsable del diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas de infancia y adolescencia en el ámbito municipal:
A.
A. El alcalde
B.
B. El secretario de gobierno municipal
C.
C. El presidente del concejo municipal
D.
D. El personero municipal
12. 
Según lo prescrito en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, estos funcionarios dentro de los primeros cuatro (4) meses de su mandato, realizarán el diagnóstico de la situación de la niñez y la adolescencia en su departamento y municipio, con el fin de establecer las problemáticas prioritarias que deberán atender en su Plan de Desarrollo, así como determinar las estrategias a corto, mediano y largo plazo que se implementarán para ello.
A.
A. Los alcaldes
B.
B. Los gobernadores
C.
C. Los ministros
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
13. 
Según lo prescrito en el artículo 205 de la Ley 1098 de 2006, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y tiene a su cargo la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la protección y restablecimiento de los mismos, en los ámbitos:
A.
A. Nacional
B.
B. Departamental.
C.
C. Regional
D.
D. Las respuestas A y B son correctas.
14. 
Según lo establecido en el Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, en todos los departamentos, municipios y distritos deberán sesionar Consejos de Política Social, presididos por el gobernador y el alcalde quienes no podrán delegar ni su participación, ni su responsabilidad so pena de:
A.
A. Incurrir en falta disciplinaria leve.
B.
B. Incurrir en causal de mala conducta.
C.
C. Incurrir en falta disciplinaria grave.
D.
D. Incurrir en causal re revocatoria del mandato.
15. 
Según lo referido en el Decreto 987 de 2012, entre otras, son funciones de la Dirección Sistema Nacional de Bienestar Familiar las siguientes:
A.
A. Construir y someter a aprobación del Gobierno Nacional, a través de la Dirección General, las normas que deben regular los diferentes aspectos de operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
B.
B. Definir los parámetros bajo los cuales se brinda asesoría y asistencia técnica en materia de dinamización del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y a las organizaciones del orden nacional y territorial que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
C.
C. Coordinar con las Direcciones Regionales el compromiso de las entidades territoriales en la planeación y ejecución de los programas dirigidos a la primera infancia, niñez y adolescencia, familia y poblaciones especiales.
D.
D. Todas las anteriores
16. 
Según lo referido en el Decreto 987 de 2012, entre otras, son funciones de la Dirección Sistema Nacional de Bienestar Familiar las siguientes:
A.
A. Desempeñar, en conjunto con la Dirección General, la función de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social.
B.
B. Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.
C.
C. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.
D.
D. Todas las anteriores
17. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012, entre otras, son funciones de la Subdirección de Articulación Nacional del Sistema Nacional de Bienestar Familiar las siguientes:
A.
A. Hacer seguimiento a la puesta en marcha de los planes y programas diseñados, de acuerdo con los cronogramas establecidos para tal fin.
B.
B. Elaborar informes periódicos de implementación de planes y programas y retroalimentar a la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar sobre el avance en la ejecución de los mismos y el cumplimiento de las fechas hito y los indicadores definidos para cada uno.
C.
C. Apoyar a la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el desempeño de la función de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social.
D.
D. Todas las anteriores
18. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012, entre otras, son funciones de la de la Subdirección de Articulación Territorial del SNBF las siguientes:
A.
A. Impulsar los procesos, la implementación de las políticas, planes y programas de Bienestar Familiar con las autoridades departamentales, distritales y municipales, así como con las Entidades del orden territorial que se definan como actores fundamentales para la implementación y sostenimiento exitoso de cada uno.
B.
B. Hacer seguimiento a la puesta en marcha de los planes y programas diseñados, de acuerdo con los cronogramas establecidos para tal fin a nivel departamental y municipal.
C.
C. Elaborar informes periódicos de implementación de planes y programas y retroalimentar a la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, sobre el avance en la ejecución de los mismos en cada regional y el cumplimiento de las fechas hito y los indicadores definidos para cada uno.
D.
D. Todas las anteriores
19. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012,en relación Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son funciones de la Subdirección de Operación de la Atención a la Primera Infancia:
A.
A. Organizar la coordinación con las diferentes áreas del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios de primera infancia.
B.
B. Orientar la coordinación con las diferentes áreas del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios de primera infancia.
C.
C. Liderar la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos relativos a la niñez y adolescencia dentro del INPEC.
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
20. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012,en relación Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son funciones de la Subdirección de Operación de la Atención a la Niñez y a la Adolescencia, las siguientes:
A.
A. Dirigir la implementación de las políticas relacionadas con familia y comunidad, en conjunto con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, para garantizar su inclusión en los programas y servicios del ICBF dirigidos a las familias beneficiarias de sus programas.
B.
B. Diseñar los referentes de atención de la familia y comunidad, en coordinación y articulación con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, y todos aquellos referentes conceptuales y operativos que se requieran para el desarrollo de la política y la atención.
C.
C. Diseñar, en coordinación con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y la Dirección de Planeación y Control de Gestión, las estrategias y acciones para realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la operación de los servicios de familia y comunidad del ICBF.
D.
D. Todas las anteriores
21. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012,en relación Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son funciones de la Dirección de Nutrición las siguientes:
A.
A. Coordinar con las diferentes áreas del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios.
B.
B. Organizar y orientar la coordinación con las diferentes áreas del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones oportunas al desarrollo y operación de los proyectos y servicios interinstitucionales.
C.
C. Articular y coordinar con las entidades que conforman las comisiones intersectoriales y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones de ajuste o adaptación de los referentes de atención de familias y comunidades extrajeras
D.
D. Articular y coordinar con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, la formulación de los planes regionales y rurales, para el fortalecimiento de la convivencia familiar.
22. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012,en relación Sistema Nacional de Bienestar Familiar, son funciones de la Subdirección de Restablecimiento de Derechos las siguientes:
A.
A. Elaborar, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica los lineamientos de orientación legal para entes públicos y privados integrantes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y demás organismos nacionales e internacionales que coadyuven a la protección integral de la población desplazada o víctima de desastres.
B.
B. Coordinar con las diferentes áreas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios.
C.
C. Coordinar con la Subdirección de Monitoreo y Evaluación la inclusión de indicadores de monitoreo y seguimiento de los programas y proyectos del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos en el sistema de seguimiento del Instituto y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, así como analizar resultados y proponer alternativas para orientar decisiones y acciones.
D.
D. Todas las anteriores
23. 
Según lo descrito en el Decreto 987 de 2012, entre otras, son funciones de la Subdirección de Adopciones, las siguientes:
A.
a) Definir los aspectos técnicos de la tercerización dentro del proceso a su cargo en materia de Acuerdos de Nivel de Servicio, calidad, oportunidad e indicadores con los que se debe medir la gestión de los terceros contratados para apoyar el proceso de adopciones desde la perspectiva técnica.
B.
b) Coordinar con la Subdirección de Evaluación la inclusión de indicadores de monitoreo y seguimiento en materia de Adopciones en el sistema de seguimiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, así como analizar resultados y proponer alternativas para orientar decisiones y acciones.
C.
c) Realizar una evaluación permanente de la gestión y cumplimiento de los lineamientos y estándares por parte de los organismos acreditados para brindar apoyo al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el proceso de adopciones.
D.
d) Todas las anteriores
24. 
En el marco de la necesaria articulación y coordinación, el Decreto 936 de 2013 dispone los objetivos del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, que entre otros se tienen:
A.
A. Lograr la protección integral de la primera infancia, la infancia y la adolescencia y promover el fortalecimiento familiar a través de una respuesta articulada y oportuna del Estado bajo el principio de corresponsabilidad con la familia y la sociedad.
B.
B. Promover la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas de primera infancia, infancia y adolescencia y fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional y territorial con enfoque diferencial.
C.
C. Promover la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas contra la violencia de género.
D.
D. Las respuestas A y B son correctas.
25. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, se entiende como el conjunto de acciones del Estado que se desarrollan para cumplir en forma integral y permanente con el reconocimiento, la garantía, protección y restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como la prevención de su amenaza o vulneración y el fortalecimiento familiar.
A.
A. Es el Sistema Nacional de Bienestar Familiar
B.
B. Es el Servicio Público de Bienestar Familiar
C.
C. Es el Servicio Público de Bienestar Nacional
D.
D. Es el Sistema Nacional de Prosperidad Natural
26. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, entre otros integran el Sistema Nacional de Bienestar Familiar:
A.
A. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
B.
B. Las regionales o agencias del ICBF en los Departamentos, en el Distrito Especial de Bogotá, y en los Municipios;
C.
C. Las regionales o agencias del ICBF en las intendencias y comisarias
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
27. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito nacional y catalogadas como entidades fundamentales para la protección integral de niños, niñas y adolescentes, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
a) La Presidencia de la República.
B.
b) La Vicepresidencia de la República.
C.
c) Ministerio del Interior.
D.
d) Todas las anteriores
28. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito nacional y catalogadas como entidades fundamentales para la protección integral de niños, niñas y adolescentes, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
a) Ministerio de Minas y Energía.
B.
b) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
C.
c) Ministerio de Educación Nacional.
D.
d) Todas las anteriores
29. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito nacional y catalogadas como entidades fundamentales para la protección integral de niños, niñas y adolescentes, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
a) El Departamento Administrativo del Deporte la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
B.
b) La Policía Nacional.
C.
c) El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
D.
d) Todas las anteriores
30. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito nacional y catalogadas como entidades que por sus competencias aportan al funcionamiento y objetivos del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
A. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
B.
B. El Departamento Nacional de Planeación (DNP).
C.
C. El Departamento Nacional de Estadística (DANE).
D.
D. Todas las anteriores
31. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito departamental, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
A. Los Departamentos.
B.
B. Las Direcciones Regionales del ICBF.
C.
C. Las Defensorías de Familia.
D.
D. Todas las anteriores
32. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7o de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar; atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito municipal y distrital, estará conformado entre otros por los siguientes agentes:
A.
A. Las Comisarías de Familia.
B.
B. Las Inspecciones de Policía, en municipios donde no haya Defensoría de Familia o Comisaría de Familia.
C.
C. Las entidades descentralizadas funcionalmente o por servicios con funciones y competencias en los municipios asociadas a la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar.
D.
D. Todas las anteriores
33. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, son instituciones encargados de las funciones de Inspección, Vigilancia y Control consagradas por la Constitución y la ley, del Sistema Nacional de Bienestar Familiar:
A.
A. La Defensoría del Pueblo
B.
B. La Procuraduría General de la Nación.
C.
C. Las veedurías ciudadanas
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
34. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, es una instancia de operación del ámbito nacional encargada de la planificación, coordinación y evaluación de la operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar:
A.
A. Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar
B.
B. Comité Ejecutivo del Consejo Nacional de Política Social
C.
C. Comité Diligente del Sistema Nacional de Bienestar Familiar
D.
D. Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Social
35. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, en el ámbito nacional, son espacios que propician la participación y movilización de los niños, niñas y adolescentes como actores fundamentales en el diseño e implementación de políticas públicas dirigidas a ellos.
A.
A. Instancias de desarrollo técnico
B.
B. Instancia de operación
C.
C. Instancia de decisión y orientació
D.
D. Instancias de Participación
36. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, la instancia máxima de decisión, orientación y evaluación de la operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el ámbito distrital o municipal son:
A.
A. El Consejo Distrital de Política Social, según el caso
B.
B. El Consejo Municipal de Política Social, según el caso
C.
C. El Consejo Departamental de Política Social
D.
D. Las respuestas A y B son correctas
37. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, el Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar estará conformado por un delegado oficial del nivel directivo, entre otras de las siguientes entidades e instancias:
A.
A. El Departamento Nacional de Planeación (DNP).
B.
B. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
C.
C. Un representante de la sociedad civil organizada que será definido mediante procedimiento establecido por el comité ejecutivo.
D.
D. Todas las anteriores
38. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, entre otras son funciones del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar:
A.
A. Discutir y validar las propuestas en materia de política pública, estrategias, planes, programas o proyectos provenientes de agentes o instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar que requieran ser llevadas al Consejo Nacional de Política Social.
B.
B. Promover estrategias de seguimiento al cumplimiento de las políticas públicas para niños, niñas, adolescentes y fortalecimiento familiar, y especialmente a la implementación de la Ley1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia.
C.
C. Establecer relaciones con las instancias de desarrollo técnico del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y con los sistemas administrativos que tengan competencia en materia de protección integral de niños, niñas y adolescentes.
D.
D. Todas las anteriores
39. 
De acuerdo a lo previsto en el decreto 936 de 2013, en el marco de la necesaria articulación y coordinación, corresponde a las entidades públicas del ámbito nacional que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, entre otras las siguientes responsabilidades:
A.
A. Gestionar las acciones necesarias para solucionar casos de carácter prioritario en el marco de la protección integral de niños, niñas y adolescentes.
B.
B. Atender las convocatorias presenciales o virtuales que realice la coordinación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en cabeza del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
C.
C. Garantizar que los acuerdos y decisiones que se adopten en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar sean de conocimiento y cumplimiento al interior de su entidad tanto en su orden nacional como territorial.
D.
D. Todas las anteriores
40. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF, en términos generales, las funciones del ICBF como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, entre otras son las siguientes:
A.
A. Construir y someter a aprobación del Gobierno Nacional las normas que deben regular los diferentes aspectos de operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
B.
B. Definir los parámetros bajo los cuales se brinda asesoría y asistencia técnica en materia de dinamización del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y a las organizaciones del orden nacional y territorial que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
C.
C. Coordinar el compromiso de las entidades territoriales en la planeación y ejecución de los programas dirigidos a la primera infancia, infancia y adolescencia, familia y poblaciones especiales.
D.
D. Todas las anteriores
41. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF, los Consejo Departamental de Política Social (CDPS), entre otras tendrán las siguientes responsabilidades:
A.
A. Asegurar el funcionamiento del Sistema Nacional de Bienestar Familiar dentro de su jurisdicción.
B.
B. Recomendar a los agentes del SNBF, para su análisis y pertinencia, los planes y programas que deben adoptarse en materia de infancia, adolescencia y familia.
C.
C. Promover la articulación de las políticas de infancia y adolescencia departamentales con las nacionales, a través del delegado departamental ante la Red Territorial de Protección Integral.
D.
D. Todas las anteriores
42. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF, la Mesa Departamental de Infancia, Adolescencia y Familia, entre otras cumplirá las siguientes funciones:
A.
A. Adoptar un plan de acción y realizar seguimiento del mismo.
B.
B. Socializar y aplicar el Manual operativo con los agentes del SNBF del ámbito departamental.
C.
C. Preparar las propuestas que, en materia de política pública, estrategias, planes, programas o proyectos de infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar, se lleven ante el CDPS.
D.
D. Todas las anteriores
43. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF, el Consejo Municipal / Distrital de Política Social, entre otras tendrán las siguientes funciones y responsabilidades:
A.
A. Asegurar el funcionamiento del Sistema Nacional de Bienestar Familiar dentro de su jurisdicción.
B.
B. Recomendar a los agentes del SNBF, para su análisis y pertinencia, los planes y programas que deben adoptarse en materia de infancia, adolescencia y familia.
C.
C. Promover la articulación de las políticas de infancia y adolescencia municipales con las departamentales y nacionales.
D.
D. Todas las anteriores
44. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF Es la oficina que preside la Comisión Intersectorial de Primera Infancia, en la cual se desarrolla la Estrategia Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia “De Cero a Siempre”, a través de la cual se coordinan las acciones que realiza el Gobierno Nacional, los sectores público y privado, las organizaciones de la sociedad civil y la cooperación internacional a favor de la primera infancia en Colombia:
A.
A. Alta Consejería Presidencial de Programas Especiales
B.
B. Alta Consejería para la Convivencia y Seguridad Ciudadana
C.
C. Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer
D.
D. Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema
45. 
De acuerdo a lo previsto en la Resolución 6464 de 2013 del ICBF , este programa se encarga de Impulsar las acciones de las diferentes entidades gubernamentales dirigidas a la promoción, protección y defensa de los derechos humanos, incluyendo los derechos de niñas, niños y adolescentes, con el fin de proteger su integridad personal y sus libertades fundamentales; y velar por la articulación del SNBF con el Sistema Nacional de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, con miras a garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes:
A.
A. Programa Presidencial Colombia Joven
B.
B. Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
C.
C. Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersona
D.
D. Programa Presidencial para la Formulación de Estrategias y Acciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas de Colombia.