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1. 
ENTIDADES AERONAUTICAS NOTIFICAN A LOS PROPIETARIOS DE AVIONES Y OTRAS PERSONAS INTERESADAS, LAS CONDICIONES INSEGURAS DE UN AERONAVE , MOTOR O COMPONENTE Y PRESCRIBEN CONDICIONES BAJO LAS CUALES EL PODUCTO PUEDE CONTINUAR SIENDO OPERADO, EXIGIENDOLES EL CUMPLIMIENTO MANDATORIO POR MEDIO :
A.
DEL SUPLEMENTAL TYPE CERTIFICATES (STC)
B.
DE LAS DIRECTIVAS DE AERONAVEGABILIDAD (AD)
C.
DE LOS BOLETINES DE SERVICIO
D.
DE LAS CIRCULARS DE AVISO
2. 
EL R.A.C. ES EL DOCUMENTO QUE:
A.
DICE CADA CUANTAS HORAS DE SERVICIO SE DEBE HACER LA PREPARACION GENERAL A UNA AERONAVE
B.
ORDENA COMO DEBE HACERSE EL MANTENIMIENTO DE CADA AERONAVE
C.
INDICA LOS PROCEDIMIENTOS PARA HACER UNA REPARACION EN UNA AERONAVE
D.
ESTABLECE TODAS LAS NORMAS DE MANTENIMIENTO Y OPERACION PARA AERONAVES, MATRICULA HK
3. 
EL PERSONAL TECNICO DE LINEA EN EL MANTENIMIENTO DE AERONAVES SE CLASIFICA EN
A.
TECNICO TIPO I DE AVIONES Y TECNICO TIPO II DE HELICOPTEROS
B.
TECNICO TIPO II DE AVIONES Y TECNICO TIPO II DE HELICOPTEROS
C.
TECNICO TIPO I DE AVIONES Y TECNICO TIPO I DE HELICOPTEROS
D.
TECNICO TIPO II DE AVIONES Y TECNICO TIPO I DE HELICOPTEROS
4. 
LAS ATRIBUCIONES QUE TIENE UN TECNICO TIPO I DE AERONAVES ES:
A.
EJECUTAR, REVISAR Y AUTORIZAR CON SU FIRMA TRABAJOS PERIODICOS Y NO PERIODICOS, CAMBIOS DE PARTES, AJUSTES Y REPARACIONES MAYORES DE ACUERDO A LAS HABILITACIONES DE LA LICENCIA
B.
EJECUTAR Y AUTORIZAR CON SU FIRMA TRABAJOS PERIODICOS, DE ACUERDO A LAS HABILITACIONES DE LA LICENCIA
C.
EJECUTAR Y AUTORIZAR CON SU FIRMA TRABAJOS PERIODICOS, CAMBIOS DE PARTES, AJUSTES Y REPRACIONES MAYORES Y MENORES
D.
EJECUTAR, REVISAR Y AUTORIZAR CON SU FIRMA TRABAJOS PERIODICOS, CAMBIO DE PARTES Y AJUSTES
5. 
Aptitud técnica y legal que deberá tener una aeronave para volar en condiciones de operación segura, de tal manera que: a. Cumpla con su Certificado Tipo. b. Exista la seguridad o integridad física, incluyendo sus partes, componentes y subsistemas, su capacidad de ejecución y sus características de empleo. c. La aeronave lleve una operación efectiva en cuanto al uso (corrosión, rotura, perdida de fluidos, etc.)
A.
CERTIFICADO TIPO
B.
DIRECTIVA DE AERONAVEGABILIDAD
C.
AERONAVEGABILIDAD
6. 
Procedimientos y acciones que tienden a mantener la aeronavegabilidad de una aeronave en forma continua.
A.
OVERHAUL
B.
TC
C.
STC
D.
AERONAVEGABILIDAD CONTINUADA
7. 
Alteración o modificación no registrada en las especificaciones de la aeronave, motor de la aeronave o sistema de propulsión: 1. Que pueda afectar apreciablemente la aeronavegabilidad por cambios en su peso, balance, resistencia estructural, rendimiento, operación del sistema propulsor, características de vuelo u otras cualidades. 2. Que no se ha hecho de acuerdo a practicas aceptadas o que no pueda hacerse por medio de operaciones elementales.
A.
ALTERACIÓN MAYOR
B.
ALTERACIÓN MENOR
C.
SERVICE BULLETIN
8. 
AVIÓN MOTOR HELICE
A.
PRODUCTO AERONÁUTICO CLASE 3
B.
PRODUCTO AERONÁUTICO CLASE 2
C.
PRODUCTO AERONÁUTICO CLASE 1
9. 
Es el otorgado por la autoridad aeronáutica del Estado de diseño para un producto aeronáutico, cuando se ha determinado el cumplimiento de todas las condiciones de aeronavegabilidad y operación, establecidas par tal producto. Certificado básico de diseño para aeronave; motor o hélice, que establece el Diseño Tipo, como son: - Planos y especificaciones - Características de diseño - Dimensiones - Materiales y Procesos - Resistencia Estructural - Criterio de Aeronavegabilidad - Control de Calidad - Cualquier otro determinado por el fabricante
A.
TC
B.
STC
C.
AD
D.
SB
10. 
Es el que modifica el Certificado Tipo (de diseño). Se aplica cuando son afectados el diseño, las limitaciones de operación, los procedimientos y el Peso y Balance. Origina los siguientes documentos: - Suplemento Aprobado al Manual de Peso básico - Peso y Balance (Datos de Nueva Configuración) - Suplemento del manual de vuelo, si es aplicable - Suplemento del manual de mantenimiento, si es aplicable
A.
TC
B.
AD
C.
SB
D.
STC
11. 
Palabra clave utilizada para designar una fase de peligro.
A.
ALERFA
B.
INCERFA
C.
DETRESFA
12. 
Palabra clave utilizada para designar una fase de incertidumbre.
A.
INCERFA
B.
ALERFA
C.
DETRESFA
13. 
Mantenimiento que se presta a una aeronave para que pueda continuar en vuelo. Comprende aprovisionamiento de fluidos y la corrección de defectos anotados por el piloto que no requieran reparaciones, sino cambio de componentes menores y accesorios. En determinados casos puede incluir cambio de motores y ciertas etapas de servicios de mantenimiento incluidos dentro del plan de mantenimiento propio del explotador, que haya sido aprobado por la UAEAC.
A.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
B.
MANTENIMIENTO DE LINEA
C.
MANTENIMIENTO MAYOR
14. 
Son operaciones de preservación simple o menores y el cambio de partes estándar pequeñas que no involucran operaciones de montaje complejas, en concordancia con la Parte Cuarta de este Reglamento.
A.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
B.
MANTENIMIENTO DE LINEA
C.
MANTENIMIENTO MAYOR
15. 
Acto mediante el cual se confiere nacionalidad colombiana a una aeronave y consiste en la inscripción de la misma en el Registro Aeronáutico Nacional.
A.
CERTIFICADO TIPO
B.
CERTIFICADO AERONAVEGABILIDAD
C.
MATRICULA
16. 
Todo objeto o sustancia que pueda constituir un riesgo para la salud, la seguridad, los bienes o el medio ambiente y que figure en la lista de mercancías peligrosas de las Instrucciones Técnicas o esté clasificado conforme a dichas Instrucciones.
A.
FOD
B.
MERCANCÍA PELIGROSA
C.
COMAT
17. 
Toda regla, regulación, estándar, requisito, procedimiento o sistema característico promulgado por la UAEAC, cuya obediencia es reconocida como necesaria en interés de la seguridad, regularidad o eficiencia de la aeronavegación.
A.
NORMA
B.
CERTIFICADO
C.
PERMISO OPERACIÓN
18. 
Número de cuatro dígitos asignado por el Comité de expertos en transporte de mercancías peligrosas, de las Naciones Unidas, que sirven para reconocer las diversas sustancias o determinado grupo de ellas.
A.
HAZMAT
B.
MACH
C.
UN
19. 
Condición que debe cumplirse en relación con los materiales, componentes u otros productos aeronáuticos, permitiendo la posibilidad de rastrear o de hacer seguimiento sobre su historial o procedencia, uso y mantenimiento, hasta determinar quién ha sido su fabricante autorizado, de acuerdo con la documentación pertinente que así lo acredite., TRAZABILIDAD DE:__________________________
20. 
Propiedad del resultado de una medición o del valor de un patrón, en virtud de la cual ese resultado se puede relacionar con patrones nacionales o internacionales, a través de una cadena ininterrumpida de comparaciones que tengan todas incertidumbres determinadas, TRAZABILIDAD DE:_________________________
21. 
Inspector Principal de Mantenimiento. Ingeniero o técnico inspector de aeronavegabilidad, asignado como principal ante una empresa aérea o taller aeronáutico. _______________________
22. 
RAC SIGNIFICA
A.
REGLAMENTOS AEREOS DE COLOMBIA
B.
REGLAMENTO AERONÁUTICO COLOMBIANO
C.
REGLAMENTOS AERONAUTICOS DE COLOMBIA
23. 
Para mantener vigentes las atribuciones de la licencia y sus habilitaciones, todos los Técnicos de Línea (TLA - TLH) deberán efectuar cada ____________ meses un curso de repaso, conforme al programa de entrenamiento que sea aprobado al efecto.
A.
12
B.
18
C.
24
24. 
Ejecutar mantenimiento en línea, revisar, aprobar y retornar a servicio, después de haber ejecutado, supervisado o inspeccionado, trabajos de mantenimiento rutinario ó periódico de tránsito y pernoctada, cambio de partes ajustes, reparaciones menores, comprobación de funcionamiento en aviones, y sus respectivas plantas motrices y pruebas en tierra relacionadas con los sistemas de los mismos, con limitación a la clase o tipo y modelo de aeronaves que correspondan a las habilitaciones en su licencia y sus sistemas motopropulsores.
A.
ATRIBUCIONES TEMC
B.
ATRIBUCIONES TESH
C.
ATRIBUCIONES TLA
25. 
ILUMINACIÓN TEMPERATURA Y RUIDO SON FACTORES DE RIESGO
A.
ERGONOMICO
B.
FISICO
C.
ELECTRICO
26. 
GASES LÍQUIDOS VAPORES SON FACTORES DE RIESGO
A.
FISICO
B.
QUIMICO
C.
MECANICO
27. 
POSICIONES INADECUADAS SON FACTORES DE RIESGO
28. 
EL PESO PERMITIDO PARA LEVANTAR CARGAS EN HOMBRES ES DE
A.
50 K
B.
27 K
C.
35 K
D.
Ninguna de las anteriores
29. 
La letra G al final de matrícula de una aeronave significa
A.
GUBERNAMENTAL
B.
AERONAVE DE NACIONALIDAD GUATEMALTECA
C.
GENERAL
30. 
La aeronaves destinadas a trabajos aereos especiales deben incluir en su matricula
A.
RAZON SOCIAL Y EL USO
B.
RAZON SOCIAL
C.
EMPRESA PROPIETARIA