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LIBERTAD SINDICAL

Representan a un sindicato dentro de la empresa y son elegidos por los trabajadores afiliados a ese sindicato.

Mecanismo para resolver los conflictos colectivos entre la patronal y sindicatos (huelga, cierre patronal) e evitar ir a juicio.

SECCIONES SINDICALES

REPRESENTACIÓN UNITARIA

Acuerdo entre representantes de las empresas y los representantes de las trabajadoras como resultado de una negociación colectiva en materia laboral.

CIERRE PATRONAL

Derecho fundamental, reconocido por la Constitución, de presión y defensa de los intereses de las trabajadoras.

REPRESENTACIÓN SINDICAL

DELEGADOS DE PERSONAL

Los de nivel estatal son UGT y CCOO. A nivel autonómico existen varios como por ejemplo en la CA de Galicia la CIG. También existen los de un sector en concreto, por ejemplo en el sector de la Adm. Pública; el CSIF

COMITÉ DE EMPRESA

Se trata de un derecho de las trabajadoras. La empresa debe facilitar un lugar para ello. Se acude fuera de horas de trabajo.

Derecho de las personas trabajadoras a fundar sindicatos y afiliarse libremente a ellos para organizarse y defender sus derechos laborales.

SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS.

DELEGADOS SINDICALES

Medida utilizada por la empresa para impedir el acceso a las trabajadoras con el objetivo fundamental de evadir sus peticiones o quejas.

Todos los trabajadores de la empresa afiliados a ese sindicato forman la sección.

Formada por los delegados sindicales y las secciones sindicales. Se trata de una representación elegida por los sindicatos para representar a las trabajadoras en la empresa.

HUELGA

DERECHO DE REUNIÓN

Es un órgano de participación obligatorio en centros de trabajo que cuenten con al menos 50 trabajadoras.

Formada por los delegados de personal o por los miembros del comité de empresa. Se trata de la representación de los trabajadores elegida mediante elecciones.

SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS

Han sido elegidos por los compañeros de trabajo a través de unas elecciones. Representan a todo el personal de la empresa. En centros de trabajo con más de 50 trabajadores reciben el nombre de miembros del Comité de Empresa.

CONVENIO COLECTIVO