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Hechos administrativos:

Poder ejecutivo:

REGULACION:

DESIGUALDAD JURIDICA:

Licitación pública:

FORMALISMO:

Definición etimológica

SUJETOS

. Definición constitucional.

OBJETO:

Es toda actividad material, traducida en operaciones técnicas o actuaciones físicas realizadas en ejercicio de la función administrativa

Administración (del latín administratio), significa la acción de administrar.

Procedimiento administrativo por el cual la administracion invita a una cantidad indeterminada de posibles interesados a que formulen propuestas

Será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso. Distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación

PARTES NO SON IGUALES: ADMINISTRACION SUPERIORIDAD JURIDICA RESPECTO DEL “CONTRATISTA” PARTICULAR.

SU VALIDEZ Y EFICACIA DEPENDE DE FORMALIDADES EXIGIDAS POR EL DERECHO ADMINISTRATIVO Y DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION.

CONTRATO SUJETO AL DERECHO ADMINISTRATIVO (DERECHO PUBLICO)

20 dependencias, 299 entidades del gobierno, 32 estados y sus municipios y 146 embajadas y consulados.

PARTICIPACION DE UN ORGANISMO ESTATAL EN EJERCICIO DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA POR UNA PARTE Y POR LA OTRA UNA PERSONA

OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS, EMPLEO PUBLICO.