Hechos administrativos:
Poder ejecutivo:
REGULACION:
DESIGUALDAD JURIDICA:
Licitación pública:
FORMALISMO:
Definición etimológica
SUJETOS
. Definición constitucional.
OBJETO:
Es toda actividad material, traducida en operaciones técnicas o actuaciones físicas realizadas en ejercicio de la función administrativa
Administración (del latín administratio), significa la acción de administrar.
Procedimiento administrativo por el cual la administracion invita a una cantidad indeterminada de posibles interesados a que formulen propuestas
Será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso. Distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación
PARTES NO SON IGUALES: ADMINISTRACION SUPERIORIDAD JURIDICA RESPECTO DEL “CONTRATISTA” PARTICULAR.
SU VALIDEZ Y EFICACIA DEPENDE DE FORMALIDADES EXIGIDAS POR EL DERECHO ADMINISTRATIVO Y DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION.
CONTRATO SUJETO AL DERECHO ADMINISTRATIVO (DERECHO PUBLICO)
20 dependencias, 299 entidades del gobierno, 32 estados y sus municipios y 146 embajadas y consulados.
PARTICIPACION DE UN ORGANISMO ESTATAL EN EJERCICIO DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA POR UNA PARTE Y POR LA OTRA UNA PERSONA
OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS, EMPLEO PUBLICO.