El juez de control determina la legalidad de la detención, informa al imputado una investigación en su contra, dicta medidas cautelares, determina si el imputado quedará sometido al proceso y establece el plazo para la investigación complementaria.
Inicia con la formulación de imputación y culmina cuando fenece el plazo dado por el juez para complementar la investigación.
Expresión de la voluntad de la víctima u ofendido o de quien legalmente se encuentre facultado para manifestar ante el Fiscal su pretensión de iniciar la investigación de un delito.
El Juez de control califica si la detención fue legal o no en base al cumplimiento del plazo constitucional, a la hipótesis de flagrancia o caso urgente.
Inicia con la denuncia o querella y culmina con la formulación de la imputación.
Determinación de la situación jurídica de la persona imputada, se desprenden datos de prueba que establecen la participación en el delito.
Facultad de abstenerse de investigar, archivo temporal, no ejercicio de la acción penal y criterios de oportunidad
Citatorio, comparecencia y aprehensión
Declaración verbal o por escrito, por la que se comunica a la autoridad cualquier hecho del que se tenga conocimiento y que pueda ser constitutivo de un delito.
Es la comunicación que el Fiscal efectúa a la persona imputada de que desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más delitos en presencia del Juez de control.
Formulación de la imputación
Control de la detención
Formas de terminación de la investigación
Formas de conducción del imputado al proceso
Investigación complementaria
Denuncia
Querella
Investigación inicial
Audiencia inicial
Vinculación a proceso