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Jouer Relier Colonnes

Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Son regímenes jurídicos en los cuales el fin preponderante no es obtener un lucro, sino realizar actividades que reporten un beneficio social en mayor medida.

La Asociación se regirá la organización y funcionamiento en la Secretaría de Educación Pública y en las escuelas.

Son instituciones de interés público, autónomas, con personalidades jurídica y patrimonio propio, de cámara empresarial y sus confederaciones.

Contrato por el que dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria con el ánimo de partir entre sí las ganancias.

La obligación de prevenir o aliviar el daño hacer el bien u otorgar beneficios, deber de ayudar al prójimo por encima de los intereses particulares.

Es la ganancia o provecho que alguien puede obtener de algo, un bien, un objeto o de alguien.

Es la cantidad en efectivo o en bienes que puede ser distribuida entre los integrantes de la persona moral y la cual no pagara el ISR, siempre y cuando no se remite.

Las asociaciones religiosas constituidas conforme a la presente ley, podrán tener un patrimonio propio que les permita cumplir con su objeto.

El apoyo a las actividades de educación e investigación artísticas.

Artículo 2670 Concepto de Asociación Civil

Son instituciones o sociedades civiles, constituidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro, y aquéllas a las que se refiera la legislación laboral.

Son organizaciones de empresarios creadas para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios.

Son aquellas personas que se asocian con el objeto de obtener en común artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.

Formadas por profesionistas de una misma rama profesional interesados en agruparse para trabajar en beneficio de su profesión.