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art. 11. La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.

Artículo 52. Tiene el mando supremo del Ejército y Armada, y dispone de las fuerzas de mar y tierra.

Art 19 Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.

Art. 13 Todo español tiene derecho: - De emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa. - De reunirse pacíficamente. - De asociarse para los fines de la vida humana. - De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades

Artículo 21. Son Senadores por derecho propio: Los hijos del Rey ... Los grandes de España que lo fueren por sí, y acrediten tener la renta anual de 60.000 pesetas, .. Los Capitanes generales del Ejército y el Almirante de la Armada. El Patriarca de las Indias y los Arzobispos.

Artículo 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

La funció legislativa corresponia a unes Corts Bicamerals

Sobirania compartida

Amplia declaració de drets i llibertats

El rei és el cap de l'exèrcit

Model de senat aristocràtic i classista.

La religió oficial és el catolicisme. Tolerància religiosa