art. 11. La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Artículo 52. Tiene el mando supremo del Ejército y Armada, y dispone de las fuerzas de mar y tierra.
Art 19 Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art. 13 Todo español tiene derecho: - De emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa. - De reunirse pacíficamente. - De asociarse para los fines de la vida humana. - De dirigir peticiones individual o colectivamente al Rey, a las Cortes y a las autoridades
Artículo 21. Son Senadores por derecho propio: Los hijos del Rey ... Los grandes de España que lo fueren por sí, y acrediten tener la renta anual de 60.000 pesetas, .. Los Capitanes generales del Ejército y el Almirante de la Armada. El Patriarca de las Indias y los Arzobispos.
Artículo 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
La funció legislativa corresponia a unes Corts Bicamerals
Sobirania compartida
Amplia declaració de drets i llibertats
El rei és el cap de l'exèrcit
Model de senat aristocràtic i classista.
La religió oficial és el catolicisme. Tolerància religiosa