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1. El asegurador está obligado a
la los original siguientes, del de, entregar dentro su días tomador su a al quince de en celebración contrato fecha.
2. El documento contentivo del contrato de seguro, el cual se denomina póliza,
el deberá en y asegurador redactarse por castellano el firmarse que.
3. el asegurador está también obligado a
o póliza beneficiario librar asegurado la duplicados a a, del del tomador y petición del o copias costa a de.
4. La póliza de seguro debe expresar además de las condiciones generales del contrato:
Las los condiciones contratantes acuerden demás particulares que.
5. Hacen parte de la póliza:
póliza para La seguro que revocar solicitud emitan, anexos suspender tomador o la de renovar adicionar, se, firmada, por y los modificar el.
6. Art. 1050. La póliza flotante y la automática se limitarán a
las del generales condiciones describir seguro
7. ART. 1054. Denominase riesgo el suceso incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador,
realización beneficiario asegurado la y, da a del del origen obligación cuya o del asegurador.
8. CÓDIGO DE COMERCIO ART. 1061. Se entenderá por garantía la promesa en virtud de la cual el asegurado se obliga a
situación afirma existencia o hacer, hecho la niega a cumplir, o de exigencia determinada mediante determinada cosa cual la o determinada o de no.