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1. 
UNA PSICÓLOGA QUE TRABAJA EN EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN DE UN CENTRO EDUCATIVO ES DESTINADA, POR RAZONES ORGANIZATIVAS DEL CENTRO EDUCATIVO, A TRABAJAR COMO AUXILIAR DE GUARDERÍA EN LAS AULAS DE LOS NIÑOS DE 1 Y 2 AÑOS ¿ESTAMOS ANTE UNA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR MOVILIDAD FUNCIONAL O ANTE UNA MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO?
A.
MOVILIDAD FUNCIONAL SIEMPRE QUE SEA POR UNA CAUSA URGENTE, POR UN ESPACIO TEMPORAL LIMITADO, SE RESPETE EL SALARIO ORIGINAL DEL TRABAJADOR Y SE HAYA COMUNICADO LA CIRCUNSTANCIA QUE ORIGINA DICHA MOVILIDAD CON LA ANTELACIÓN NECESARIA AL TRABAJADOR AFECTADO Y A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
B.
NINGUNA DE LAS DOS DADO QUE AMBOS TRABAJOS SE REALIZAN EN EL MISMO CENTRO DE TRABAJO
C.
MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO YA QUE SON DOS TRABAJOS QUE EN ABSOLUTO TIENEN QUE VER EL UNO CON EL OTRO
D.
MOVILIDAD FUNCIONAL DENTRO DE LA MISMA CATEGORÍA PROFESIONAL.
2. 
UN TRABAJADOR QUE HA SIDO CONTRATADO A SABIENDAS DEL EMPRESARIO DE QUE NO TIENE LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA REALIZAR EL TRABAJO PARA EL QUE HA SIDO CONTRATADO ¿PUEDE SER DESPEDIDO POR CAUSAS OBJETIVAS ALEGANDO INEPTITUD DEL TRABAJADOR?
A.
SÍ, CON DERECHO A UNA INDEMNIZACIÓN DE 33 DÍAS POR AÑO TRABAJADO.
B.
NO, YA QUE LA INEPTITUD NO ES EN NINGÚN CASO CAUSA DE DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS
C.
NO, YA QUE LA INEPTITUD NO HA SIDO SOBREVENIDA YA QUE ERA CONOCIDA
D.
SÍ, CON DERECHO A UNA INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS POR AÑO TRABAJADO
3. 
¿UN TRABAJADOR QUE HA SIDO ELEGIDO COMO ALCALDE DE SU PUEBLO TIENE DERECHO A QUE SE LE GUARDE SU PUESTO DE TRABAJO?
A.
NO, YA QUE HA ENCONTRADO OTRO TRABAJO
B.
SÍ, PERO SÓLO DURANTE EL PRIMER AÑO.
C.
SÍ, HASTA EL FIN DE SU MANDATO COMO ALCALDE
D.
. NO, PERO SÍ TENDRÁ PREFERENCIA A LA REINCORPORACIÓN.
4. 
UN TRABAJADOR QUE OBTUVO SU TÍTULO HACE CUATRO AÑOS ¿PODRÍA ESTAR 1 AÑO Y MEDIO TRABAJANDO CON CONTRATO EN PRÁCTICAS?
A.
A. NO, YA QUE LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS SON CONTRATOS EN LOS QUE SE TRABAJA PARA REALIZAR LAS PRÁCTICAS NECESARIAS PARA OBTENER UNA TITULACIÓN.
B.
NO, PODRÍA ESTAR UN MÁXIMO DE 1 AÑO TRABAJANDO EN PRÁCTICAS DADO QUE PASADO UN AÑO DE SU CONTRATO EN PRÁCTICAS YA SUPERARÍA EL LÍMITE DE 5 AÑOS DESDE LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO
C.
SÍ, YA QUE LA LEY ESTABLECE QUE PUEDE ESTAR DOS AÑOS CON CONTRATOS EN PRÁCTICAS.
D.
SÍ, SIEMPRE Y CUANDO FUERA PARA EL MISMO EMPRESARIO.
5. 
¿UN TRABAJADOR PUEDE SER DESPEDIDO POR MOTIVOS DISCIPLINARIOS POR ACUDIR EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ A SU PUESTO DE TRABAJO DE FORMA CONTINUADA?
A.
SÍ, SIEMPRE QUE SE DEMUESTRE QUE LA EMBRIAGUEZ AFECTE A SU RENDIMIENTO.
B.
SÍ, AUNQUE LA EMBRIAGUEZ FUERA PUNTUAL
C.
SÍ, CON DERECHO A UNA INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS POR AÑO TRABAJADO.
D.
NO, YA QUE LA EMBRIAGUEZ ES CAUSA DE DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS Y NO DE DESPIDO DISCIPLINARIO
6. 
¿SERÍA VÁLIDA LA EXTINCIÓN DE UN CONTRATO LABORAL POR NO CUMPLIR UNA CLAUSULA POR LA QUE EL TRABAJADOR SE COMPROMETE A REALIZAR 1.600 HORAS EXTRAS EN UN AÑO?
A.
SÍ, YA QUE NO SE CUMPLE UNA CLÁUSULA DEL CONTRATO LIBREMENTE FIRMADA.
B.
NO, YA QUE SE TRATA DE UNA CLÁUSULA ABUSIVA
C.
SÍ, SI ADEMÁS LO RECOGE ASÍ EL CONVENIO COLECTIVO
D.
SÍ, YA QUE LA VOLUNTAD HA SIDO DE LAS DOS PARTES
7. 
ENTRE EL FINAL DE UNA JORNADA LABORAL Y EL COMIENZO DE LA SIGUIENTE MEDIARÁN, COMO MÍNIMO:
A.
ENTRE EL FINAL DE UNA JORNADA LABORAL Y EL COMIENZO DE LA SIGUIENTE MEDIARÁN, COMO MÍNIMO: 8 HORAS.
B.
NO ESTÁ REGULADO.
C.
UN DÍA.
D.
12 HORAS.
8. 
UN JUGADOR DE FÚTBOL PROFESIONAL SE DESPLOMA DURANTE UN PARTIDO DE FÚTBOL. TRAS REALIZARLE DIVERSAS PRUEBAS MÉDICAS SE DETERMINA QUE TIENE UNA AFECCIÓN CARDÍACA QUE LE IMPIDE SEGUIR JUGANDO AL FÚTBOL YA QUE CORRE SERIO PELIGRO SU VIDA Y DECIDE RETIRARSE DEL FÚTBOL ¿A QUÉ TIPO DE PRESTACIÓN POR INVALIDEZ TIENE DERECHO?
A.
INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL
B.
INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA
C.
INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL
D.
GRAN INVALIDEZ
9. 
UN TRABAJADOR HA REALIZADO, POR RAZONES DE FUERZA MAYOR, 120 HORAS EXTRAORDINARIAS A LO LARGO DEL AÑO ¿CÓMO COTIZAN DICHAS HORAS TRABAJADAS?
A.
LA MITAD DE LAS HORAS A UN TIPO REDUCIDO Y LA OTRA MITAD AL TIPO DE COTIZACIÓN DE LA BASE DE CONTINGENCIAS COMUNES.
B.
AL MISMO TIPO DE COTIZACIÓN QUE LA BASE DE CONTINGENCIAS COMUNES DEL TRABAJADOR YA QUE TODAS LAS HORAS EXTRAORDINARIAS TRIBUTAN IGUAL QUE DICHA BASE
C.
A UN TIPO DE COTIZACIÓN INFERIOR DADO QUE SON HORAS EXTRAORDINARIAS REALIZADAS POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
D.
OCHENTA HORAS AL TIPO REDUCIDO Y LAS OTRAS CUARENTA AL MISMO TIPO QUE LA BASE DE CONTINGENCIAS COMUNES.
10. 
UN TRABAJADOR QUE REALIZA EL TURNO QUE VA DESDE LAS 2 DE LA MAÑANA A LAS 10 DE LA MAÑANA SOLICITA LA POSIBILIDAD DE REALIZAR HORAS EXTRAORDINARIAS ¿PODRÍA HACERLAS?
A.
SÍ, SIN NINGUNA LIMITACIÓN
B.
NO, DEBIDO A LAS CONDICIONES DE SU TRABAJO
C.
SÍ, SIEMPRE QUE NO EXCEDAN DE 80 HORAS AL AÑO O, SI LAS SUPERA, SEA COMPENSADO EL EXCESO CON TIEMPO LIBRE
D.
SÍ, SIEMPRE QUE NO EXCEDAN DE 80 HORAS AL AÑO
11. 
LAS PRESTACIONES CONTRIBUTIVAS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL SON UNOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE A LOS CIUDADANOS ESPAÑOLES O EXTRANJEROS QUE RESIDAN EN ESPAÑA ¿VERDADERO O FALSO?
12. 
“LA BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES ESTÁ COMPUESTA POR…
A.
A. SALARIO BASE+COMPLEMENTOS SALARIALES Y EXTRASALARIALES QUE EL TRABAJADOR VA A COBRAR ESTE MES+ LA PARTE PROPORCIONAL DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS QUE GENERA ESE MES.
B.
B. DEVENGOS-RETENCIONES
C.
SALARIO BASE+COMPLEMENTOS SALARIALES+PAGAS EXTRAORDINARIAS
D.
SALARIO BASE+COMPLEMENTOS SALARIALES Y EXTRASALARIALES QUE EL TRABAJADOR VA A COBRAR ESTE MES+ LA PARTE PROPORCIONAL DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS QUE GENERA ESE MES+ HORAS EXTRAORDINARIAS.
13. 
UN JUGADOR DE FÚTBOL PROFESIONAL SE DESPLOMA DURANTE UN PARTIDO DE FÚTBOL. TRAS REALIZARLE DIVERSAS PRUEBAS MÉDICAS SE DETERMINA QUE TIENE UNA AFECCIÓN CARDÍACA QUE LE IMPIDE SEGUIR JUGANDO AL FÚTBOL YA QUE CORRE SERIO PELIGRO SU VIDA Y DECIDE RETIRARSE DEL FÚTBOL ¿A QUÉ TIPO DE PRESTACIÓN POR INVALIDEZ TIENE DERECHO?
A.
GRAN INVALIDEZ
B.
INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL
C.
INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL
D.
INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA
14. 
UNA EMPRESA PAGA A UNO DE SUS TRABAJADORES DESPLAZADO DE SU LUGAR DE TRABAJO DIETAS POR DESPLAZAMIENTO DE ACUERDO CON EL CONVENIO COLECTIVO. ¿SE CONSIDERA ESTE PAGO COMO UNA PRESTACIÓN SALARIAL O NO SALARIAL? SELECCIONE UNA:
A.
NO SALARIAL, DADO QUE, A PESAR DE SER UN PAGO DERIVADO DE LA RELACIÓN LABORAL, SE TRATA DE UN PAGO PARA AFRONTAR GASTOS DE DESPLAZAMIENTO DERIVADOS DE LA EXIGENCIA DE REALIZAR EL TRABAJO TEMPORALMENTE FUERA DE SU UBICACIÓN HABITUAL.
B.
NO SALARIAL, A MENOS QUE EL PAGO DE LA DIETA ESTÉ EXPRESAMENTE CONSIDERADA COMO PARTE DEL SALARIO EN EL CONTRATO LABORAL.
C.
SALARIAL, DADO QUE SE TRATA DE UN PAGO EN ESPECIE
D.
SALARIAL, DADO QUE SE TRATA DE UNA PRESTACIÓN CUANTIFICABLE Y, POR TANTO, DINERARIA
15. 
UN TRABAJADOR QUE COBRA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL TIENE DEUDAS VENCIDAS POR IMPAGO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA A FAVOR DE SUS HIJOS. ¿SERÍA POSIBLE PROCEDER A EMBARGAR SU SUELDO POR ESTE MOTIVO?
A.
NO, DADO QUE COBRABA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL Y ES INEMBARGABLE
B.
SÍ, DADO QUE SE TRATA DE UN ORGANISMO PÚBLICO EL QUE ORDENA EL EMBARGO
C.
NO, SALVO QUE UN JUEZ DETERMINE UNA CANTIDAD A EMBARGAR DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 608 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
D.
SÍ, EN LA CUANTÍA QUE DETERMINE EL ARTÍCULO 607 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
16. 
UN TRABAJADOR QUE HA SIDO DESPEDIDO POR DESPIDO DISCIPLINARIO DE UNA EMPRESA QUE, POSTERIORMENTE, SE DECLARÓ INSOLVENTE RECLAMA A FOGASA QUE SE HAGA CARGO DE SU INDEMNIZACIÓN EQUIVALENTE A UNA ANUALIDAD DEL TRIPLE DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL. ¿CUÁNTO LE PAGARÁ FOGASA?
A.
LA TOTALIDAD DE LA INDEMNIZACIÓN DADO QUE ESTÁ DENTRO DE LOS LÍMITES DE PAGO DE FOGASA.
B.
NADA, DADO QUE EL TRABAJADOR NO TIENE DERECHO A INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO.
C.
NADA, YA QUE FOGASA NO GARANTIZA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES, SÓLO DE LOS SALARIOS.
D.
UNA ANUALIDAD DEL DOBLE DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL DADO QUE ÉSE ES EL LÍMITE DE FOGASA PARA LAS INDEMNIZACIONES.
17. 
UN TRABAJADOR CUYO CENTRO DE TRABAJO ESTÁ UBICADO EN SANTFELIU DE LLOBREGAT (BARCELONA) HA TENIDO UN HIJO, SIN MEDIAR MATRIMONIO CON LA MADRE, QUE HA NACIDO EN MADRID. ¿A CUÁNTOS DÍAS DE PERMISO RETRIBUIDO TIENE DERECHO EL TRABAJADOR?
A.
ACTUALMENTE A NINGUNO, PUESTO QUE EL PERMISO DE PATERNIDAD SE HA AMPLIADO A 12 SEMANAS, QUE SE COMIENZAN A DISFRUTAR DESDE EL DÍA DEL NACIMIENTO DEL BEBÉ
B.
A CUATRO, DOS POR HIJO AMPLIABLE A DOS DÍAS MAS POR DESPLAZAMIENTO.
C.
A NINGUNO DADO QUE, AL NO ESTAR CASADO, NO PUEDE PROBAR QUE EL HIJO SEA SUYO.
D.
A 15 DÍAS, DOS POR EL NACIMIENTO Y 13 MÁS POR SUSPENSIÓN DEL CONTRATO POR PATERNIDAD.
18. 
UN TRABAJADOR CON UN HIJO DE 17 AÑOS ENFERMO DE CÁNCER HA REDUCIDO SU JORNADA EN UN 25 % PARA PODER ATENDERLE MEJOR DURANTE EL TRATAMIENTO CON QUIMIOTERAPIA ¿TIENE DERECHO A LA PRESTACIÓN POR CUIDADO DE HIJOS CON ENFERMEDADES GRAVES Y CÁNCER?
A.
NO, DADO QUE NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY
B.
NO, YA QUE POR LA EDAD DEL MENOR NO ES NECESARIO QUE SU PADRE LE ATIENDA DE FORMA CONTINUA
C.
SÍ, HASTA QUE EL MENOR CUMPLA 18 AÑOS
D.
SÍ, HASTA LA COMPLETA CURACIÓN DE SU HIJO
19. 
UNA TRABAJADORA DE UNA FÁBRICA SOLICITA LA SUSPENSIÓN DE CONTRATO POR RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL DEBIDO A QUE ALEGA QUE EN SU PUESTO DE TRABAJO RESPIRA MUCHO AMONIACO QUE PUEDE RESULTAR PERJUDICIAL PARA SU BEBÉ ¿TIENE DERECHO A PEDIR DICHA SUSPENSIÓN?
A.
SÍ, HASTA QUE EL BEBÉ CUMPLA NUEVE MESES
B.
NO, A MENOS QUE APORTE UN INFORME MÉDICO QUE APOYE SUS ALEGACIONES DE FORMA OBJETIVA
C.
SÍ, HASTA EL MOMENTO EN QUE ELLA DECIDA DEJAR DE DAR LACTANCIA DE FORMA NATURAL A SU BEBÉ
D.
NO, DADO QUE EL BEBÉ NO RESPIRA AMONIACO
20. 
UN TRABAJADOR SOLICITA, EN EL MES DE MARZO, QUE SU PERIODO DE VACACIONES SEA DURANTE EL MES DE AGOSTO DE ESE AÑO. LA EMPRESA LE COMUNICA A MEDIADOS DEL MES DE MAYO QUE LE CONCEDE LAS VACACIONES EN EL MES DE AGOSTO QUE SOLICITÓ EN EL MES DE MARZO ¿ESTÁ OBLIGADO EL TRABAJADOR A ACEPTAR DICHO CALENDARIO DE VACACIONES?
A.
SÍ, DADO QUE SON LAS FECHAS QUE ÉL SOLICITÓ Y QUE LA EMPRESA HA ACORDADO CON ÉL.
B.
NO, DADO QUE HA PASADO UN TIEMPO DEMASIADO AMPLIO DESDE QUE EL TRABAJADOR REALIZÓ SU SOLICITUD HASTA QUE LA EMPRESA LE CONTESTÓ. EL TRABAJADOR ES AHORA EL QUE DEBE DAR EL VISTO BUENO PARA LLEGAR A LA CONCLUSIÓN DE QUE HUBO UN ACUERDO ENTRE LAS PARTES
C.
SÍ, DADO QUE SON LAS FECHAS QUE LE VIENEN BIEN A LA EMPRESA DE ACUERDO CON SUS NECESIDADES PRODUCTIVAS Y EL TRABAJADOR NO PUEDE HACER OTRA COSA QUE ACEPTARLAS
D.
NO, DADO QUE PODRÍA RENUNCIAR A ESE PERIODO DE VACACIONES Y SOLICITAR OTRO PERIODO CON FECHAS POSTERIORES DE ACUERDO CON LA EMPRESA.
21. 
LAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA RESPECTO A LA SEGURIDAD SOCIAL SON...
A.
AFILIACIÓN, BAJAS, ALTAS Y VARIACIONES DE DATOS.
B.
INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA.
C.
COTIZACIÓN E INGRESO DE CUOTAS.
D.
TODAS LAS ANTERIORES SON CORRECTAS.
22. 
DOS TRABAJADORES DE LA MISMA EMPRESA CON IGUAL SUELDO BRUTO ANUAL COMPARAN SUS NÓMINAS Y VEN QUE UNO DE ELLOS TIENE UNA RETENCIÓN DE IRPF SUPERIOR AL OTRO ¿SE TRATA DE UN ERROR EN LA NÓMINA O ES UNA SITUACIÓN QUE PODRÍA DARSE?
A.
ES UNA SITUACIÓN POSIBLE DADO QUE LA RETENCIÓN DE IRPF SE CALCULA TAMBIÉN EN FUNCIÓN DE LAS CANTIDADES COTIZADAS A LA SEGURIDAD SOCIAL CON ANTERIORIDAD. A MAYOR COTIZACIÓN ANTERIOR MENOR RETENCIÓN DE IRPF
B.
ES UNA SITUACIÓN POSIBLE DADO QUE LA RETENCIÓN DE IRPF SE CALCULA TAMBIÉN EN FUNCIÓN DE LA ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA. SI LOS DOS TIENEN ANTIGÜEDAD DISTINTA TENDRÁN DISTINTA RETENCIÓN
C.
ES UNA SITUACIÓN POSIBLE DADO QUE LA RETENCIÓN DE IRPF SE CALCULA TAMBIÉN EN FUNCIÓN DE LA SITUACIÓN FAMILIAR DE CADA TRABAJADOR.
D.
DEBE SER UN ERROR EN LA NÓMINA DADO QUE A MISMO SUELDO HA DE CORRESPONDERLES LA MISMA RETENCIÓN DE IRPF
23. 
LA SEGURIDAD SOCIAL TIENE CONSTANCIA DE QUE UNA PERSONA ESTÁ TRABAJANDO PARA UNA EMPRESA Y QUE NO SE ESTÁN INGRESANDO LAS CUOTAS DE COTIZACIÓN EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL IMPAGO?
A.
LA EMPRESA Y EL TRABAJADOR, CADA UNO POR LA PARTE NO INGRESADA EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL QUE LE CORRESPONDÍA A CADA UNA DE LAS PARTES
B.
LA EMPRESA, DADO QUE ES RESPONSABLE DE INGRESAR EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL LA PARTE DE COTIZACIÓN A CARGO DE LA EMPRESA.
C.
EL TRABAJADOR, DADO QUE ES EL ENCARGADO DE INGRESAR LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DEL TRABAJADOR
D.
LA EMPRESA, DADO QUE ES LA RESPONSABLE DE INGRESAR EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TANTO LA COTIZACIÓN A CARGO DEL TRABAJADOR COMO LA COTIZACIÓN A CARGO DE LA EMPRESA.
24. 
UN TRABAJADOR QUE COBRA EL DOBLE DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL TIENE DEUDAS VENCIDAS CON HACIENDA. LA AGENCIA TRIBUTARIA ENVÍA A SU EMPRESA UNA DILIGENCIA DE EMBARGO DE SALARIOS HASTA CUBRIR LA DEUDA QUE EL TRABAJADOR TIENE CON HACIENDA. ¿SERÍA POSIBLE PROCEDER A EMBARGAR SU SUELDO?
A.
SÍ, EN LA CUANTÍA QUE DETERMINE EL ARTÍCULO 607 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
B.
SÍ, DADO QUE SE TRATA DE UN ORGANISMO PÚBLICO EL QUE ORDENA EL EMBARGO
C.
NO, DADO QUE EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL ES INEMBARGABLE
D.
NO, SALVO QUE UN JUEZ DETERMINE UNA CANTIDAD A EMBARGAR DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 608 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
25. 
EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL SE HACE CARGO DE LAS DEUDAS QUE UNA EMPRESA HA DEJADO A UN TRABAJADOR. EL TRABAJADOR COBRABA EL DOBLE DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL, Y AL LIQUIDARSE LA EMPRESA, ÉSTA LE DEBÍA 3 MESES DE SUELDO Y UNA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO EQUIVALENTE A DOS ANUALIDADES DE SUELDO. ¿COBRARÁ EL TRABAJADOR LA TOTALIDAD DE LAS DEUDAS SALARIALES QUE TENÍA LA EMPRESA CON ÉL?
A.
NO, DADO QUE EL SALARIO EXCEDE DEL LÍMITE DE LAS OBLIGACIONES DE FOGASA
B.
NO, DADO QUE FOGASA SÍ GARANTIZA EL COBRO DE SALARIOS PERO NO EL DE INDEMNIZACIONES
C.
NO, DADO QUE LA INDEMNIZACIÓN EXCEDE DEL LÍMITE DE LAS OBLIGACIONES DE FOGASA
D.
SÍ, DADO QUE ESTÁ DENTRO DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS POR FOGASA